La Sindicatura de Cuentas aprueba la implantación de la administración electrónica en los doce ayuntamientos de entre 10.000 y 20.000 habitantes del Principado

La Sindicatura de Cuentas aprueba la implantación de la administración electrónica en los doce ayuntamientos de entre 10.000 y 20.000 habitantes del Principado

Esta fiscalización está realizada en coordinación con el resto de los órganos de control externo autonómicos y el Tribunal de Cuentas 

Oviedo / Uviéu, 24 de diciembre de 2021 

El Consejo de la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias aprobó el 22 de diciembre el  informe de fiscalización de cumplimiento y operativa sobre la implantación y gestión de la  administración electrónica en los doce ayuntamientos de entre 10.000 y 20.000 habitantes,  ejercicio 2019-2020. Los objetivos del trabajo fueron, entre otros, analizar la asistencia  prestada por el Principado de Asturias a los concejos de Aller, Cangas de Narcea, Carreño,  Corvera de Asturias, Gozón, Laviana, Lena, Llanera, Llanes, San Martin del Rey Aurelio, Valdés y  Villaviciosa en materia de administración electrónica, y analizar su implantación. Esta  fiscalización está realizada en coordinación con el resto de los órganos de control externo  autonómicos y el Tribunal de Cuentas.  

La Sindicatura de Cuentas llega a varias conclusiones, entre ellas: 

  1. Referidas a la asistencia prestada por el Principado de Asturias 

El Principado de Asturias ofrece asistencia en materia de administración electrónica a los  ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes que lo han solicitado a través del Consorcio  Asturiano de Servicios Tecnológicos (CAST), sin perjuicio de la labor de asistencia jurídica y  técnica realizada por la Dirección General de Administración Local. No obstante, no se pudo conocer el detalle de los servicios prestados a 31 de diciembre de 2019, puesto que el  Principado no cumplimentó la totalidad de la documentación requerida por la Sindicatura de  Cuentas. Tampoco remitió la información en relación con los servicios de contratación  centralizada que presta a estas entidades locales. Además, el catálogo o relación de servicios  de administración electrónica del que dispone el Principado de Asturias para esos ayuntamientos no establece compromisos de calidad en la prestación ni indicadores de  cumplimiento.  

La Sindicatura de Cuentas constató que los ayuntamientos pueden solicitar la implantación de  nuevas herramientas de administración electrónica o proponer mejoras sobre las existentes.  Esas peticiones se tramitan en el ámbito de las sesiones de los órganos de gobierno y en las  comisiones de trabajo, sin que haya establecido un procedimiento de análisis previo de las  propuestas recibidas.  

Por otra parte, no consta que el Principado de Asturias haya ejecutado y documentado planes  de evaluación y seguimiento integral y continuo en materia de la implantación de  administración electrónica en los ayuntamientos fiscalizados. 

 

Además, el Principado de Asturias comunicó que, a 31 de diciembre de 2019, prestó a través  del CAST los servicios para el cumplimiento de las obligaciones en materia de protección de  datos, Esquema Nacional de Seguridad y Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito  de la Administración Electrónica y hosting.  

  1. Referidas al estado de la implantación de la administración electrónica en los  ayuntamientos 

La Sindicatura de Cuentas constató que los ayuntamientos analizados no habían realizado  estudios previos de implantación de las herramientas de administración electrónica que  sirvieran para determinar las necesidades organizativas, de personal y técnicas requeridas para  una implementación eficiente. Por otra parte, solo Carreño, Gozón, Lena y San Martín del Rey  Aurelio cumplieron en plazo con la obligación de contar con todas las herramientas exigidas a  finales de 2016, mientras que solo San Martin del Rey Aurelio y Valdés cumplieron en plazo con las exigidas a partir de abril de 2021. 

Además, ninguno de los ayuntamientos analizados disponía del informe de auditoría anual de  sistemas previsto en la Ley de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable  de facturas en el sector público, mientras que solo San Martín del Rey Aurelio incumplió la  obligación de designar delegado de protección de datos.  

Todos los ayuntamientos analizados, excepto Cangas del Narcea, Corvera y Villaviciosa,  comunicaron que las herramientas del expediente electrónico permitían cumplir con el  Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica y sus  normas técnicas. Además, todos los municipios, a excepción de Valdés y Villaviciosa,  comunicaron cumplir con la ley que recoge, como derecho de todo ciudadano, el que no  tengan que aportar ningún dato o documento que obre en poder de la administración.  

Todos los ayuntamientos, excepto Corvera, aseguraron que, a 30 de junio de 2020, contaban  con factura electrónica, y también todos, excepto Aller, Llanera, San Martín del Rey Aurelio y  Valdés, comunicaron que habían puesto en marcha acciones para promover el uso de la  administración electrónica por los ciudadanos, aunque ninguno realizó actuaciones de  seguimiento de la utilización de sus servicios electrónicos. Ninguno de los ayuntamientos  analizados cumplió con todas las exigencias sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones  para dispositivos móviles del sector público. 

Los ayuntamientos de Aller, Carreño, Lena y San Martín del Rey Aurelio afirmaron haber  reducido el consumo de material de oficina y correo postal como consecuencia de la  implantación de la administración electrónica. No obstante, todos aseguraron que, como  consecuencia de esa implantación, no se liberó espacio destinado al archivo de documentación  en los edificios administrativos del ayuntamiento. La mitad de los ayuntamientos comunicaron  que, a 30 de junio de 2020, se encontraban adheridos a algún sistema o plataforma de  contratación centralizada. 

La Sindicatura realiza varias recomendaciones: 

  1. El Principado de Asturias debería contar con un instrumento especifico que ordene y  permita el seguimiento de las funciones de asistencia en materia de administración 

 

electrónica que desarrolla el CAST. Ese instrumento debería resolver aspectos como la  forma en que este consorcio debe mantener informado al Principado de Asturias en  aspectos tan relevantes como el grado de cumplimiento de la normativa vigente en  materia de administración electrónica, los planes de actuación y los indicadores de  satisfacción respecto a la asistencia global prestada por el CAST.  

  1. Se debería establecer un procedimiento de comunicación eficaz con los municipios de  población inferior a 20.000 habitantes que garantice que la información ofrecida por el  CAST en cada momento respecto a los servicios ofertados es conocida de forma  adecuada por todos los ayuntamientos consorciados. 
  2. Los ayuntamientos que carecen de normativa propia actualizada reguladora de la  administración electrónica deberían aprobar esos instrumentos, con el objeto de  facilitar el seguimiento del proceso de implantación y la utilización de las herramientas  tanto por el personal municipal como por la ciudadanía. 
  3. Los ayuntamientos deberían tener implementados sistemas de seguimiento de las  acciones que han puesto en marcha para promover el uso de la administración  electrónica por la ciudadanía, evaluando los niveles de uso y satisfacción de las  herramientas implantadas, de tal forma que permita detectar las dificultades y  limitaciones de todo tipo que puedan impedir su utilización eficaz. 
  4. Los ayuntamientos que no han definido programas y aplicaciones presupuestarias  específicas para la implantación y mantenimiento de la administración electrónica  deberían proceder a su determinación, con el fin de realizar una adecuada  planificación, ejecución y seguimiento de los costes incurridos en dicho proceso,  optimizando así los recursos y procedimientos municipales.

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