El Principado deberá pagar 29.808 euros a una auxiliar de infantil tras encadenar contratos temporales durante 15 años

El Principado deberá pagar 29.808 euros a una auxiliar de infantil tras encadenar contratos temporales durante 15 años

El TSJA aprecia abuso de temporalidad entre 2010 y 2025, aunque considera válido el cese de la trabajadora cuando su plaza fue cubierta definitivamente

Quince años trabajando para la Administración asturiana mediante una sucesión de contratos temporales han terminado convirtiéndose en una indemnización de 29.808 euros.

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha estimado parcialmente el recurso presentado por una auxiliar de educación infantil que prestó servicios para la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar entre febrero de 2010 y abril de 2025 y concluye que el Principado incurrió en un abuso de la contratación temporal.

La resolución, contra la que cabe recurso de casación, reconoce a la trabajadora una compensación equivalente a 20 días de salario por cada año de servicio, con el límite máximo de doce mensualidades.

Quince años enlazando contratos

La auxiliar comenzó a trabajar para la Administración autonómica el 25 de febrero de 2010.

Durante los quince años siguientes pasó por distintos centros de Navia, Gijón, Oviedo y Avilés, siempre vinculada a la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar. Su relación laboral terminó el 22 de abril de 2025, cuando la plaza que ocupaba fue cubierta definitivamente mediante el procedimiento correspondiente.

Ese último dato resulta fundamental para entender la sentencia.

El tribunal no considera irregular el cese en sí mismo. La plaza temporal dejó de estar disponible porque había sido cubierta reglamentariamente y, por tanto, la extinción del contrato estaba justificada.

Lo que el TSJA cuestiona es todo lo sucedido durante los quince años anteriores.

Una cadena irregular de contratos

La Sala entiende que existió una cadena irregular de contratos temporales sin interrupciones relevantes.

Según la resolución, la Administración utilizó sucesivamente contratos temporales de una manera que terminó desnaturalizando su finalidad.

El tribunal destaca especialmente que en el último vínculo contractual se superó el plazo de tres años previsto para ejecutar la oferta pública de empleo correspondiente.

En otras palabras, la trabajadora ocupó durante años puestos que respondían a necesidades prolongadas de la Administración mediante contratos concebidos, en principio, para situaciones temporales.

Y esa utilización abusiva es precisamente la que genera el derecho a la indemnización.

El cese fue legal, pero la temporalidad no

El caso tiene una particularidad importante.

La trabajadora había reclamado inicialmente por despido, pero el Juzgado de lo Social número 1 de Avilés rechazó esa pretensión porque consideró que la extinción del contrato se produjo correctamente una vez cubierta definitivamente la plaza.

El TSJA mantiene esa conclusión.

No declara el despido improcedente ni ordena la readmisión.

Pero separa esa cuestión del abuso acumulado durante los años anteriores y reconoce que esa temporalidad prolongada debe ser reparada económicamente.

De ahí los 29.808 euros de indemnización.

Después consiguió una plaza fija

La historia laboral de la auxiliar tuvo además una continuación significativa.

Tras su cese en abril de 2025, la trabajadora superó un proceso selectivo de estabilización para un puesto de educador. Su contratación se acordó el 28 de mayo y comenzó a trabajar como personal laboral fijo el 9 de junio de 2025.

Posteriormente superó también otro proceso de estabilización mediante concurso de méritos y formalizó un nuevo contrato fijo en septiembre, aunque no llegó a incorporarse a ese destino.

Es decir, después de quince años de contratos temporales, terminó obteniendo finalmente una vinculación estable con la Administración.

20 días por cada año trabajado

Para calcular la reparación, el TSJA aplica el criterio de 20 días por año de servicio, con un máximo de doce mensualidades.

El resultado asciende a 29.808 euros.

La sentencia todavía no es firme, ya que admite recurso de casación.

Y tampoco significa que cualquier trabajador temporal de la Administración tenga automáticamente derecho a recibir una cantidad similar.

Cada caso depende de la duración de los contratos, su naturaleza, las interrupciones entre ellos, las razones de la temporalidad y las circunstancias concretas de la plaza ocupada.

Una sentencia con una pregunta incómoda para la Administración

Más allá de los 29.808 euros que recibirá esta trabajadora, la resolución plantea una cuestión de mayor alcance.

¿Cuántos puestos estructurales de la Administración asturiana han permanecido durante años cubiertos mediante personal temporal?

Y, sobre todo, ¿cuánto puede terminar costando a las arcas públicas haber mantenido durante demasiado tiempo situaciones laborales que deberían haberse regularizado antes?

La sentencia no permite extrapolar automáticamente la indemnización a todos los interinos o temporales del Principado, pero sí vuelve a poner el foco sobre una práctica que durante años ha afectado a numerosos trabajadores públicos.

En este caso concreto, la conclusión judicial es clara: el cese fue legal, pero quince años de contratación temporal abusiva no saldrán gratis al Principado.

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