La cifra que Vivienda no da: Asturias anuncia otros 2,1 millones sin aclarar cuántas ayudas al alquiler siguen pendientes

La cifra que Vivienda no da: Asturias anuncia otros 2,1 millones sin aclarar cuántas ayudas al alquiler siguen pendientes

El cruce entre Covadonga Tomé y el Principado deja sin respuesta la pregunta que preocupa a los solicitantes. Las tres resoluciones publicadas suman 2.047 expedientes clasificados, pero el Gobierno no ha comunicado el número total de peticiones recibidas ni cuántas continúan sin resolver

Una familia puede conocer el presupuesto de la convocatoria, las fechas en las que se publicaron las resoluciones e incluso la cantidad total concedida. Lo que todavía no puede saber es mucho más sencillo y, al mismo tiempo, mucho más importante: cuántas solicitudes de ayudas al alquiler de 2025 siguen pendientes en Asturias.

La diputada del Grupo Mixto Covadonga Tomé ha reclamado un plan de choque que permita completar la tramitación en quince días. La Dirección General de Vivienda rechaza que las ayudas permanezcan paralizadas, recuerda que los primeros pagos se realizaron en marzo y anuncia una nueva resolución por importe de 2.116.848 euros.

Sin embargo, ninguna de las dos posiciones ofrece por ahora una radiografía completa de la convocatoria.

No se ha hecho público el número total de solicitudes recibidas. Tampoco cuántas están todavía en estudio, cuántas necesitan subsanar documentación, cuántas cuentan con una propuesta favorable pendiente de publicación ni cuántas personas, pese a tener la ayuda concedida, continúan esperando el ingreso.

Ese es el dato que falta.

Lo que sí permiten conocer las resoluciones oficiales

Asturias Mundial ha cruzado la información disponible en la ficha de la convocatoria y en las tres resoluciones publicadas hasta ahora.

El plazo de solicitud permaneció abierto entre el 10 de octubre y el 10 de noviembre de 2025. Las ayudas se dirigían a facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda alquilada a personas con escasos recursos, víctimas de violencia de género, personas en proceso de desahucio, sin hogar o en situación de vulnerabilidad sobrevenida.

La documentación oficial recoge tres resoluciones:

  • La primera, fechada el 16 de marzo y publicada el 20 de marzo.
  • La segunda, fechada el 14 de mayo y publicada el 22 de mayo.
  • La tercera, fechada el 1 de julio y publicada el 13 de julio.

Sumando los anexos de esas tres tandas, el balance público es el siguiente:

2.047 solicitudes clasificadas.

De ellas:

  • 1.497 fueron concedidas.
  • 503 fueron denegadas.
  • 47 se dieron por desistidas.

El importe total concedido en estas tres resoluciones asciende a 5.483.465,10 euros.

Este recuento no procede de una cifra global difundida por la Consejería, sino de la suma de cada uno de los anexos y lotes publicados oficialmente.

Primera resolución: 582 expedientes y 1,68 millones

La primera tanda incluyó 582 solicitudes.

El resultado fue:

  • 434 concesiones.
  • 140 denegaciones.
  • 8 desistimientos.

El importe concedido alcanzó los 1.689.166,91 euros. La ficha oficial identifica esa misma cantidad como el «primer pago», y el Gobierno aseguró el 20 de marzo que los fondos correspondientes a las 434 solicitudes favorables ya habían sido abonados.

Este dato permite afirmar que hubo pagos desde marzo. Pero no demuestra que toda la convocatoria estuviese resuelta ni que las resoluciones posteriores se abonasen inmediatamente.

Segunda resolución: otras 707 solicitudes

La resolución publicada el 22 de mayo incorporó otras 707 decisiones:

  • 537 concesiones.
  • 155 denegaciones.
  • 15 desistimientos.

La cantidad concedida fue de 1.922.632,37 euros.

La ficha pública ofrece la cantidad concedida, pero no incorpora junto a esta segunda tanda una fecha global de pago equivalente a la que sí aparece en la primera resolución.

Por tanto, sería incorrecto convertir automáticamente «concedido» en «abonado».

Tercera resolución: 758 expedientes más

La tercera resolución, publicada el 13 de julio, añadió otras 758 solicitudes clasificadas:

  • 526 concedidas.
  • 208 denegadas.
  • 24 desistidas.

El importe aprobado ascendió a 1.871.665,82 euros.

Después de esta tercera publicación, el registro oficial permite saber cuánto dinero se ha concedido y cuántas solicitudes aparecen en los diferentes anexos. Pero sigue sin mostrar el denominador decisivo: el total de solicitudes presentadas.

Sin ese número no es posible calcular cuántas quedan pendientes ni qué porcentaje real de la convocatoria está completado.

Otros 2,1 millones, pero sin número de beneficiarios

La Dirección General de Vivienda anunció el 1 de agosto que prepara una nueva resolución por 2.116.848 euros.

Si esa cuarta tanda se incorpora íntegramente a la misma convocatoria, el importe acumulado resuelto o anunciado ascendería a 7.600.313,10 euros.

Pero una cantidad económica no permite calcular cuántos expedientes contiene.

Una resolución de dos millones puede incluir muchas ayudas pequeñas o un número menor de ayudas de mayor cuantía. Para determinar el avance real es necesario conocer:

  • Cuántas personas aparecen como beneficiarias.
  • Cuántas solicitudes se deniegan.
  • Cuántas se consideran desistidas.
  • Cuántas permanecen fuera de esa resolución.
  • Cuándo se publicará en el BOPA.
  • Cuándo comenzarán los pagos.

A mediodía de este domingo, la ficha oficial de la convocatoria continuaba mostrando únicamente las resoluciones de marzo, mayo y julio.

Por tanto, el anuncio de los nuevos 2,1 millones representa un avance, pero todavía no resuelve la incógnita principal.

El plazo máximo de seis meses ya ha transcurrido

La propia convocatoria establece que el plazo máximo para resolver y notificar cada solicitud es de seis meses, contado desde el día siguiente a su presentación. También señala que el efecto del silencio administrativo es desestimatorio.

Las últimas solicitudes pudieron presentarse el 10 de noviembre de 2025. Para esas peticiones registradas al final del plazo, los seis meses concluyeron durante mayo de 2026.

Esto significa que cualquier expediente que permanezca sin resolución expresa en agosto estaría ya fuera del plazo máximo indicado en la convocatoria.

El silencio desestimatorio permite al ciudadano actuar administrativamente ante la ausencia de respuesta, pero no aporta la información que necesitan los afectados. Una persona que solicita una ayuda para pagar su vivienda no necesita únicamente conocer el efecto jurídico del silencio: necesita saber qué sucede con su expediente y cuándo recibirá una decisión definitiva.

No han pasado dieciocho meses en esta convocatoria

La discusión política también exige precisión con las fechas.

La convocatoria de 2025 finalizó el 10 de noviembre de ese año. A 2 de agosto de 2026 han transcurrido menos de nueve meses desde el cierre del plazo. Por tanto, una demora general de «año y medio» no puede aplicarse literalmente a esta convocatoria concreta.

Eso no elimina el problema de quienes siguen esperando una respuesta una vez superado el plazo oficial de seis meses. Pero obliga a distinguir entre:

  • Los retrasos históricos acumulados en convocatorias anteriores.
  • La situación específica de las ayudas solicitadas entre octubre y noviembre de 2025.
  • El tiempo transcurrido entre la concesión y el pago efectivo.

Mezclar esas tres realidades puede generar un titular político, pero no ayuda a los solicitantes a conocer su situación.

El Bono Alquiler Joven es otra convocatoria distinta

Vivienda también ha destacado la publicación de nuevas resoluciones relacionadas con el Bono Alquiler Joven.

Sin embargo, estas ayudas no deben confundirse con la convocatoria general de alquiler de 2025.

El Bono Alquiler Joven tuvo su propio periodo de solicitud, entre el 20 de enero y el 19 de febrero de 2026, sus propios requisitos y resoluciones específicas. Está dirigido a menores de 36 años y contempla una ayuda de 250 euros mensuales durante un máximo de 24 meses.

Que el Principado avance en el Bono Joven constituye una información positiva para sus solicitantes, pero no responde a cuántos expedientes quedan por resolver en la convocatoria ordinaria de ayudas al alquiler.

Son dos procedimientos distintos, con solicitantes, presupuestos y calendarios diferentes.

Conceder no siempre significa pagar

Otro de los problemas del debate es el empleo indistinto de palabras que administrativamente no significan lo mismo.

Una solicitud puede estar:

  • Registrada.
  • Pendiente de revisión.
  • Requerida para subsanar documentación.
  • Propuesta para concesión.
  • Concedida.
  • Denegada.
  • Desistida.
  • Justificada.
  • Reconocida para el pago.
  • Pagada efectivamente.

La convocatoria exige justificar el abono de las mensualidades mediante transferencias, ingresos en cuenta o recibos que cumplan determinados requisitos. Solo se pagan las mensualidades correctamente acreditadas. También pueden producirse incidencias si la cuenta bancaria facilitada no puede validarse o si el ingreso es devuelto.

Por eso, una cifra de dinero concedido no equivale necesariamente a dinero ingresado en todas las cuentas.

La primera tanda sí aparece identificada expresamente como pagada. En las resoluciones de mayo y julio, la ficha consultada informa de los importes concedidos, pero no ofrece una fecha conjunta de abono.

Las ocho cifras que Vivienda debe publicar

Para poner fin a la controversia, la Dirección General de Vivienda debería facilitar una tabla sencilla y actualizada con estos datos:

1. Número total de solicitudes registradas.

2. Número de expedientes resueltos.

3. Número de concesiones.

4. Número de denegaciones.

5. Número de desistimientos.

6. Número de solicitudes pendientes.

7. Número de ayudas concedidas pero todavía no pagadas.

8. Tiempo medio y máximo de tramitación.

También sería necesario desglosar los expedientes pendientes según su situación: revisión inicial, subsanación, comprobación económica, propuesta de resolución o espera para su publicación en el BOPA.

Esa información permitiría comprobar si existe un retraso generalizado, un atasco concentrado en determinados expedientes o una diferencia entre el ritmo de resolución y el de pago.

Qué pueden comprobar ahora los solicitantes

Las personas que pidieron estas ayudas deben revisar las resoluciones publicadas en el BOPA los días 20 de marzo, 22 de mayo y 13 de julio.

La ficha oficial de la convocatoria enlaza las tres disposiciones y permite consultar el estado general del procedimiento. También identifica al Servicio de Ayudas al Alquiler como órgano gestor.

Quien no figure en ninguna resolución debería comprobar si recibió una petición de subsanación, si aportó correctamente todos los justificantes de pago y si existe alguna notificación en su área personal o en el medio señalado durante la solicitud.

No aparecer en las tres resoluciones publicadas no permite, por sí solo, saber si la ayuda ha sido denegada, continúa en tramitación o se incorporará a la nueva tanda anunciada.

Y ese es precisamente el problema.

Más resoluciones, pero todavía sin una respuesta completa

Los datos oficiales demuestran que la convocatoria no ha permanecido inmóvil. Desde marzo se han publicado tres tandas, se han clasificado más de dos mil solicitudes y se han concedido cerca de 5,5 millones de euros.

La nueva resolución anunciada elevaría la cantidad comprometida por encima de los 7,6 millones.

Pero el avance administrativo no elimina la obligación de transparencia.

Mientras el Principado no publique el número total de solicitudes y el volumen exacto de expedientes pendientes, cualquier porcentaje de ejecución será incompleto y cualquier afirmación sobre la finalización de la convocatoria, prematura.

Covadonga Tomé pide que todo se resuelva en quince días. Vivienda responde con resoluciones y cantidades. Entre ambas versiones quedan los ciudadanos, algunos de los cuales presentaron su documentación hace casi nueve meses y todavía no saben si recibirán la ayuda.

La pregunta principal sigue siendo la misma:

¿Cuántas familias asturianas continúan esperando?

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