Competencia incoa expediente sancionador a concesionarios independientes de VOLVO

Competencia incoa expediente sancionador a concesionarios independientes de VOLVO

Madrid.- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha incoado un expediente sancionador contra concesionarios independientes de la marca VOLVO por posibles prácticas anticompetitivas.

Tras la inspección que se llevó a cabo con fecha 4 y 5 de junio de 2013 en la sede de la empresa ANT SERVICALIDAD, S.L. y la información reservada realizada, la Dirección de Competencia de la CNMC ha observado indicios racionales de la comisión de una infracción prohibida en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC).

De conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 de la LDC, se ha acordado la incoación de un expediente sancionador por posibles prácticas anticompetitivas consistentes en la fijación de precios, condiciones comerciales y de servicio, así como por el intercambio de información comercialmente sensible en el mercado español de la distribución de vehículos de motor de la marca VOLVO.

En concreto, el expediente se incoa contra las empresas A.N.T SERVICALIDAD  S.L. y los siguientes concesionarios independientes distribuidores de la marca VOLVO: AUTO ELÍA, S.A., BATTICALOA INVERSIONES, S.L., SERVAUTO CENTROMOTOR, S.A., SIMPSON CARS, S.L. y TIBERMOTOR SUR, S.A., así como contra otras personas o entidades que pudieran aparecer vinculadas con los hechos indicados.

Esta conducta se considera como una infracción muy grave, que podría suponer una multa de hasta el 10% del volumen de negocios total de las entidades infractoras en el ejercicio inmediatamente anterior al de imposición de la multa.

La investigación de los cárteles supone una de las prioridades de actuación de la CNMC, dada la especial gravedad de sus consecuencias para los consumidores y el correcto funcionamiento de los mercados. Para ello cuenta, entre otros instrumentos, con el Programa de Clemencia, que permite beneficiar a las empresas que aporten elementos de prueba que posibiliten a la CNMC la detección o la comprobación de la existencia de un cartel.

Se inicia así un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC, sin que la incoación de este expediente prejuzgue el resultado final de la investigación.

Dejar un comentario

captcha