La sentencia del TJUE elimina el principal obstáculo europeo, pero no desactiva automáticamente la orden de detención: el Constitucional moverá ficha en otoño y el Supremo conservará después un papel decisivo
Carles Puigdemont está hoy más cerca de regresar definitivamente a España que en cualquier otro momento desde que abandonó Cataluña en octubre de 2017. Pero todavía no puede cruzar la frontera sin exponerse a ser detenido.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dado este jueves un respaldo sustancial a la ley de amnistía al concluir que el Derecho comunitario no se opone a una norma destinada a extinguir responsabilidades vinculadas al procés con el objetivo de reducir la tensión institucional y favorecer la reconciliación política y social. El tribunal europeo tampoco aprecia que los gastos cuestionados dañaran los intereses financieros de la Unión ni considera incompatible la amnistía con la normativa europea sobre terrorismo.
Es un fallo de enorme trascendencia jurídica y política. Sin embargo, no equivale a una amnistía directa para Puigdemont ni obliga por sí solo a retirar este jueves la orden nacional de detención que pesa sobre él.
Luxemburgo ha despejado una parte fundamental del camino, pero la llave de su regreso continúa en manos de los tribunales españoles.
¿Puede volver ya Puigdemont?
No sin asumir un riesgo real de detención.
La orden nacional dictada por el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena sigue vigente. El Tribunal Constitucional se negó en enero a suspenderla cautelarmente mientras estudia el recurso de amparo de Puigdemont, al considerar que hacerlo habría supuesto anticipar la resolución sobre el fondo del asunto. La misma decisión afectó a Antoni Comín y Lluís Puig.
Por tanto, el fallo europeo no produce un efecto automático sobre la situación procesal del expresidente catalán. Mientras el Supremo no retire expresamente la orden, Puigdemont podría ser arrestado si entra en España.
La sentencia del TJUE es interpretativa: establece cómo debe entenderse el Derecho de la Unión, pero corresponde a los órganos judiciales nacionales aplicar esa interpretación en cada procedimiento concreto.
Ese matiz es la diferencia entre estar políticamente más cerca del regreso y poder regresar jurídicamente con garantías.
Lo que realmente ha dicho el TJUE
La justicia europea ha respondido a dos cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional. Los asuntos examinaban la compatibilidad de la amnistía con las normas europeas en relación con dos ámbitos especialmente sensibles:
- Las responsabilidades contables por los gastos vinculados al referéndum del 1 de octubre y a la acción exterior de la Generalitat.
- La posible amnistía de delitos de terrorismo atribuidos a integrantes de los Comités de Defensa de la República.
El tribunal concluye que los Estados miembros pueden aprobar una amnistía de estas características dentro de sus competencias y que el propósito declarado de reducir las tensiones políticas y facilitar la reconciliación no vulnera por sí mismo el Derecho de la Unión.
También descarta que los gastos del procés afectaran directamente a los intereses financieros europeos y no aprecia una incompatibilidad general entre la ley española y la directiva comunitaria sobre terrorismo.
No obstante, Luxemburgo introduce un límite: la ley no puede obligar a los jueces españoles a levantar en un plazo rígido de dos meses determinadas medidas o procedimientos cuando se encuentren esperando una respuesta del propio TJUE. La autonomía judicial y el mecanismo de cuestiones prejudiciales deben quedar protegidos.
El resultado es, por tanto, un aval muy amplio, aunque no absolutamente incondicional.
Por qué la sentencia no amnistía directamente a Puigdemont
El TJUE no estaba resolviendo específicamente si la malversación atribuida a Puigdemont debía quedar cubierta por la ley.
El núcleo de su conflicto está en la interpretación que hizo el Tribunal Supremo. La Sala Penal consideró que la amnistía no podía aplicarse a determinados líderes del procés porque habría existido un beneficio personal de carácter patrimonial, aunque no se hubieran apropiado directamente del dinero público.
La defensa de Puigdemont rechaza esa lectura. Sostiene que el gasto se destinó al proyecto independentista y no al enriquecimiento personal de sus promotores, por lo que la malversación debería quedar amnistiada.
Ese desacuerdo sobre la existencia o no de beneficio personal es el que ahora debe resolver el Tribunal Constitucional.
La sentencia europea no responde directamente a esa disputa, pero debilita uno de los principales argumentos utilizados para excluir la malversación: que perdonarla podría entrar en conflicto con la protección de los intereses financieros de la Unión. Luxemburgo acaba de establecer que no existe ese vínculo directo en los asuntos examinados.
No decide el partido, pero inclina claramente el terreno.
Primera parada: el Constitucional, en septiembre u octubre
El siguiente movimiento relevante llegará previsiblemente después del verano.
El Tribunal Constitucional había optado por esperar a que el TJUE se pronunciara antes de resolver los recursos de amparo presentados por Puigdemont y otros dirigentes independentistas. Fuentes del propio tribunal sitúan las primeras decisiones entre septiembre y octubre, dado que agosto es inhábil y los magistrados necesitarán estudiar en profundidad la fundamentación de Luxemburgo.
El primer recurso que podría marcar la doctrina es el de Jordi Turull. Su resolución serviría de referencia para los casos posteriores de Puigdemont, Comín, Lluís Puig, Oriol Junqueras, Raül Romeva y Dolors Bassa, aunque sus situaciones procesales no sean exactamente idénticas.
La mayoría del Constitucional ya ha avalado la constitucionalidad general de la ley de amnistía. Ahora tendrá que resolver una cuestión diferente: si el Supremo vulneró derechos fundamentales al interpretar la norma de una forma que dejó fuera a Puigdemont y a otros condenados o procesados por malversación.
La Fiscalía y la Abogacía del Estado se han posicionado a favor de conceder los amparos y de aplicarles la amnistía. Esa postura, unida al aval europeo y a la mayoría progresista del tribunal, hace que el escenario más probable sea una resolución favorable a los recurrentes.
Probable no significa automático. En derecho, el último metro suele ser el que más barro tiene.
¿Qué podría ordenar el Constitucional?
El TC dispone de varias opciones.
La más contundente sería anular las resoluciones del Supremo y establecer que la interpretación realizada sobre la malversación vulneró los derechos de los afectados. Si su fallo fuera especialmente claro, podría dejar muy poco margen al Supremo y obligarle a aplicar la amnistía, archivar la causa y retirar las órdenes de detención.
Otra posibilidad sería anular las decisiones anteriores y ordenar al Supremo que dicte una nueva resolución respetando la doctrina constitucional. Ese camino abriría un espacio adicional de interpretación y prolongaría los plazos.
La diferencia es importante.
En el primer caso, la retirada de la orden podría producirse en un periodo relativamente corto. En el segundo, habría que esperar a que la Sala Penal o el magistrado instructor reconsideraran la causa, escucharan a las partes y emitieran una nueva decisión.
Junts teme precisamente que un fallo constitucional poco cerrado permita al Supremo mantener el litigio abierto durante más tiempo.
La última palabra práctica seguirá siendo del Supremo
Aunque el Constitucional conceda el amparo a Puigdemont, será el Tribunal Supremo quien deba trasladar esa decisión al procedimiento penal.
Pablo Llarena tendría que resolver sobre la orden nacional de detención y sobre la situación del procesamiento por malversación. El Supremo podría asumir inmediatamente la doctrina del Constitucional y cerrar el caso, pero también podría plantear nuevas dudas jurídicas si entiende que existen aspectos no resueltos.
El margen para elevar una nueva cuestión prejudicial al TJUE se ha reducido considerablemente después de una sentencia europea tan explícita, pero no puede descartarse por completo. Para hacerlo, el Supremo tendría que identificar una duda real y diferente de las ya contestadas, no utilizar Luxemburgo como simple mecanismo para retrasar la aplicación de la ley.
La justicia europea ha dejado claro, además, que los tribunales nacionales deben conservar la posibilidad de preguntar al TJUE cuando sea necesario. Precisamente por eso ha censurado el plazo automático de dos meses impuesto por la ley en algunos procedimientos.
Ese resquicio podría convertirse en el último gran frente procesal.
Los cuatro escenarios para Puigdemont
1. Regreso rápido tras un fallo claro del Constitucional
Es el escenario más favorable para Puigdemont.
El TC concede el amparo en septiembre u octubre, declara que la malversación está cubierta por la amnistía y dicta una resolución que obliga de manera inequívoca al Supremo a cerrar la causa.
Llarena retira entonces la orden de detención y Puigdemont puede regresar antes de que termine 2026 o durante las primeras semanas de 2027.
Para que ocurra, la ejecución tendría que ser rápida y no surgir nuevas incidencias judiciales.
2. Regreso durante el primer trimestre de 2027
Es probablemente el escenario más realista en estos momentos.
El Constitucional resuelve en otoño, pero el Supremo necesita varias semanas o meses para recibir alegaciones, deliberar, dictar una nueva resolución y levantar formalmente la orden.
En ese calendario, la vuelta podría producirse entre enero y marzo de 2027.
Esta estimación no es una fecha oficial, sino una proyección basada en los trámites pendientes y en la duración habitual de procedimientos de esta complejidad.
3. Nuevo retraso por una cuestión prejudicial
El Supremo podría considerar que la sentencia del TJUE no resuelve exactamente la interpretación del beneficio personal en la malversación y formular una nueva pregunta a Luxemburgo.
Eso podría retrasar el regreso durante muchos meses, posiblemente más allá de 2027, dependiendo de la tramitación europea.
Tras el fallo de este jueves, esta opción es jurídicamente más difícil de justificar, pero continúa dentro de lo posible.
4. Regreso voluntario antes de que se retire la orden
Puigdemont también podría decidir entrar en España asumiendo el riesgo de ser detenido, como ya hizo durante unas horas el 8 de agosto de 2024, cuando apareció en Barcelona antes de la investidura de Salvador Illa y logró abandonar de nuevo el país sin ser arrestado.
No parece el escenario más probable. Su estrategia actual pasa por regresar con la causa cerrada y sin exponerse a una detención que convertiría el asunto en una nueva crisis política e institucional.
Mientras la orden siga activa, cualquier entrada tendría consecuencias imprevisibles.
¿Podría ser detenido y quedar después en libertad?
Sí.
En caso de regresar antes de que se levante la orden, Puigdemont podría ser detenido y puesto a disposición del Tribunal Supremo. Después habría que decidir si ingresa en prisión provisional, queda en libertad con medidas cautelares o se aplica de forma inmediata la amnistía.
La defensa alegaría que, tras el aval europeo y ante la previsible decisión del Constitucional, mantener una privación de libertad sería desproporcionado. La acusación popular de Vox podría reclamar medidas más severas.
Sería un choque jurídico y político de enorme intensidad, precisamente el escenario que Puigdemont trata de evitar.
Qué ocurrirá con Junqueras, Turull y los demás inhabilitados
El fallo también resulta decisivo para Oriol Junqueras, Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa, que continúan inhabilitados por la condena del procés.
Sus recursos discuten la negativa del Supremo a borrar las consecuencias de la malversación. Una resolución favorable del Constitucional podría restituir sus derechos políticos y permitirles volver a presentarse a elecciones, siempre que el Supremo ejecute la decisión y deje sin efecto las inhabilitaciones.
Junqueras, inhabilitado hasta 2031, ha reclamado que la ley se aplique sin más demoras y ha señalado que los dirigentes que permanecen fuera de España deben poder regresar.
Para ERC, el impacto podría ser inmediato: la recuperación de la plena elegibilidad de Junqueras reordenaría el liderazgo del partido y abriría de nuevo la posibilidad de que concurriera como candidato.
Efectos sobre los CDR y el Tribunal de Cuentas
La sentencia también afecta a procedimientos distintos del caso personal de Puigdemont.
La Audiencia Nacional deberá aplicar la doctrina europea en la causa contra doce integrantes de los CDR procesados por presuntos delitos de terrorismo. El TJUE ha descartado una incompatibilidad general entre la amnistía y la directiva europea sobre terrorismo, por lo que aumenta notablemente la posibilidad de que el procedimiento sea archivado, salvo que los jueces consideren acreditadas graves vulneraciones de derechos humanos excluidas expresamente de la ley.
Los encausados afrontaban peticiones de hasta 27 años de prisión y han reclamado la aplicación inmediata de la norma.
El Tribunal de Cuentas, por su parte, deberá revisar las reclamaciones por los gastos del referéndum y de la acción exterior catalana. El TJUE no aprecia una lesión directa de los intereses financieros de la Unión, lo que fortalece la posición de los antiguos cargos de la Generalitat y acerca el archivo de las responsabilidades contables examinadas.
Un triunfo para Sánchez, pero no el final del conflicto
Políticamente, la sentencia supone un importante respaldo para Pedro Sánchez.
La amnistía fue la pieza central del acuerdo alcanzado con Junts y ERC para garantizar su investidura después de las elecciones generales de 2023. El Gobierno defendió que la norma era constitucional, compatible con Europa y útil para normalizar la situación política en Cataluña.
El TJUE acaba de validar el núcleo europeo de esa tesis.
El Ejecutivo sostiene que ya no existe ninguna duda sobre la legalidad de la ley, mientras Salvador Illa reclama una aplicación diligente e integral.
El Partido Popular, en cambio, subraya que Luxemburgo no ha juzgado la oportunidad política de la norma ni ha resuelto todos los conflictos pendientes. Su estrategia pasa ahora por desplazar el debate desde la legalidad europea hacia el coste institucional y moral del acuerdo alcanzado por Sánchez con el independentismo.
El aval jurídico no cerrará, por tanto, la batalla política.
¿Volverá Puigdemont para ocupar su escaño?
Ni siquiera dentro de Junts existe una respuesta clara.
Puigdemont podría regresar para retomar una actividad política presencial, recorrer Cataluña y reforzar su liderazgo, pero no es seguro que ocupe su escaño en el Parlament. Tampoco ha aclarado si pretende volver a presentarse como candidato a la Presidencia de la Generalitat.
Su regreso tendría un enorme valor simbólico después de casi nueve años fuera de España, aunque se produciría en un contexto muy diferente al de 2017. El independentismo ha perdido la mayoría parlamentaria, Salvador Illa gobierna la Generalitat y Junts afronta una fuerte competencia electoral por parte de Aliança Catalana.
La vuelta cerraría una etapa judicial, pero abriría otra batalla por el liderazgo del espacio independentista.
La fecha más probable
Hoy no existe una fecha segura.
Puigdemont no regresará previsiblemente durante este verano porque la orden de detención continúa activa y el Constitucional no tiene previsto resolver antes de septiembre u octubre.
El escenario más favorable permitiría una vuelta a finales de 2026. El más verosímil, siempre que el TC le dé la razón y el Supremo ejecute el fallo sin nuevos obstáculos, sitúa el regreso durante el primer trimestre de 2027.
Cualquier nueva cuestión prejudicial o una resolución constitucional abierta a interpretaciones podría retrasarlo mucho más.
La sentencia del TJUE no ha abierto todavía la frontera para Puigdemont. Lo que ha hecho es retirar la barrera europea más importante. Ahora quedan dos puertas: primero, el Tribunal Constitucional; después, el Tribunal Supremo.
Y hasta que la segunda no se abra formalmente, regresar seguirá significando arriesgarse a ser detenido.
