Se modifica el reglamento del salario social para garantizar el carácter subsidiario de esta prestación al ingreso mínimo vital e incorporar medidas incentivadoras del empleo

Se modifica el reglamento del salario social para garantizar el carácter subsidiario de esta prestación al ingreso mínimo vital e incorporar medidas incentivadoras del empleo

El Ejecutivo ha aprobado la modificación del reglamento general de la Ley 4/2005, de 28 de octubre, de salario social básico (SSB), para adaptarlo a la entrada en vigor de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital (IMV).

 

Esta modificación supone el fin del período de adaptación entre el salario social y el ingreso mínimo y garantiza la subsidiariedad de la renta asturiana a la estatal. Además, permite agilizar trámites, al generalizar el uso de la declaración responsable, al tiempo que incorpora medidas incentivadoras del empleo para las personas beneficiarias de la prestación autonómica, especialmente para jóvenes que participan en el programa Ocúpate. También adapta las iniciativas de incorporación social con el fin de procurar que el uso de las nuevas tecnologías no suponga un motivo de exclusión en el acceso a las prestaciones o derechos.

 

Por otro lado, y con el propósito de adaptar la norma a las nuevas realidades, se amplía el concepto de residencia colectiva y se introduce una nueva exención del cómputo de recursos para aquellas personas que tengan un préstamo hipotecario asociado a la adquisición de su vivienda habitual. De este modo, el Principado se anticipa a la entrada en vigor de la Ley 3/2021, de 30 de junio, de Garantía de Derechos y Prestaciones Vitales.

 

El número de personas que perciben el salario social básico en Asturias sigue descendiendo: son 16.414 en la actualidad, un 25% menos que antes de la entrada en vigor del ingreso mínimo vital.

Dejar un comentario

captcha