La Comisión Europea autoriza 'Tax Lease' para el sector naval español

La Comisión Europea autoriza Tax Lease para el sector naval español

La Comisión Europea emitió este martes un comunicado en el que concluye que el nuevo sistema español de amortización anticipada del coste de algunos activos adquiridos mediante arrendamientos financieros (Spanish Tax Lease) no incluye elementos de ayuda estatal con arreglo a las normas europeas. La decisión comunitaria abre nuevas perspectivas al sector naval asturiano, tanto en el astilero gijonés como en los del occidente del Principado.

 

Concretamente, el Ejecutivo comunitario indica que la última propuesta presentada por las autoridades españolas y que se puede aplicar al sector naval es compatible con las normas de la Unión Europea. La decisión adoptada por Bruselas permite la aplicación de la nueva medida de amortización anticipada de cara al futuro.

 

La Comisión Europea concluyó que el nuevo sistema español de amortización anticipada del coste de algunos activos adquiridos mediante arrendamientos financieros no incluye elementos de ayuda estatal con arreglo a las normas europeas, en particular porque no es selectivo.

Joaquín Almunia, Vicepresidente de la Comisión responsable de la política de competencia, ha declarado: "Después de un largo proceso de discusión, hemos podido aprobar un nuevo régimen de arrendamiento financiero compatible con las normas de ayudas de estado de la UE, sobre la base de las últimas propuestas presentadas por las autoridades españolas. Este nuevo régimen no es selectivo y permitirá responder en particular a las preocupaciones del sector naval español sin falsear la competencia en el mercado único europeo."

 

El régimen notificado por las autoridades españolas permite deducir fiscalmente el coste de determinados activos adquiridos mediante arrendamientos financieros desde el inicio de su construcción, sin esperar a que sean explotados comercialmente. Complementa así la posibilidad, que ya tenían los contribuyentes españoles, de acelerar la deducción de este coste en función de los pagos efectuados en el marco de un contrato de arrendamiento financiero.

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