Declarado el Estado de Alarma que aplicarán los gobiernos autonómicos

Declarado el Estado de Alarma que aplicarán los gobiernos autonómicos

Madrid/Oviedo.-El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció este domingo la entrada en vigor del Estado de Alarma, con importantes modificaciones al que anteriormente se aplicó para reducir la propagación del covid-19. Los encargados de gestionar las medidas a aplicar en cada Comunidad Autónoma serán sus respectivos presidentes. La cogobernanza del proceso se hará mediante el consejo Interterritorial de salud. La principal medida de aplicación general a todos los territorios es el confinamiento nocturno, el vulgarizado como 'toque de queda', desde las 23 horas a las 06 horas.

El decreto también permite limitar la movilidad entre territorios, incluyendo entre las distintas Comunidades Autónomas su así lo deciden sus respectivos gobiernos.

Sánchez adelantó hoy que la intención del Ejecutivo es que este marco legal tenga una duración hasta la primavera, si así lo aprueba el Congreso, o hasta que se alcance el ratio de 25 contagios por 100.000 habitantes, acualmente en más de 300.

Asturias es una de las diez CC.AA. que pidió la declaración del Estado de Alarma, como cobertura legal a las medidas puestas en marcha,

 

Estas son las principales medidas

 

Las autoridades delegadas serán los presidentes y presidentas de los gobiernos autonómicos.El órgano de cooperación y cogobernanza será el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud donde están representados el Ministerio de Sanidad y CC.AA.

 

Se limita la libertad de circulación de las personas desde las 23:00 horas hasta las 6:00 horas. Solo se podrá circular por las causas justificadas establecidas en la norma. La medida es de aplicación para toda España, salvo Canarias.Las CC.AA. podrán modular la hora de inicio y finalización de esta limitación, entre las 22 horas y 00:00 horas y entre las 5:00 y 7:00 horas.

 

Las autonomías podrán limitar también la entrada y salida de sus territorios, en todo o en parte. Es decir, podrán confinar el territorio completo de su comunidad o decidir el confinamiento de un ámbito territorial inferior. Esta restricción de entrada y salida de personas tendrá excepciones como la asistencia a centros sanitarios, centros educativos, cumplimiento de obligaciones profesionales o laborales, etc.

 

De igual forma, las comunidades autónomas decidirán limitar la permanencia de personas en espacios públicos o privados a un número máximo de  6  personas, salvo en el caso de convivientes.

 

Las medidas adoptadas dependerán de la situación de cada territorio.11 comentarios

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