EQUO pide que España conceda el asilo político a Edward Snowden

EQUO pide que España conceda el asilo político a Edward Snowden

A través de Wikileaks se ha sabido que Edward Snowden ha pedido asilo político a 21 países, dentro los cuales se encuentra España.

 

Tras la confirmación por parte del Ministerio de Exteriores español de que ha recibido dicha petición por fax a través de su Consulado en Moscú, y después de la negativa a tramitarla por parte del Ministerio de Asuntos Exteriores, alegando que la petición debe presentarse en la frontera o en territorio español, EQUO ha reclamado que se rectifique y se conceda el asilo solicitado.

 

(Vea antecedentes en News From TV AsturiasMundial: http://www.newsfrom.tv/video-18-edward-snowden-tecnico-de-cia/)

 

Para EQUO esta petición debe concederse dado que la legislación española sobre sobre este asunto establece que la condición de refugiado se reconoce a toda persona que, debido a fundados temores de ser perseguida por su actividad política, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no puede, a causa de dichos temores, o no quiere, acogerse a la protección de tal país. Y en este caso, es evidente que la retirada del pasaporte estadounidense a Snowden, sin juicio previo, por la revelación de una actividad a todas luces ilícita de las agencias de inteligencia y seguridad de su país, le hace merecedor de la condición de refugiado.

 

Asimismo EQUO ha recordado que el artículo 18 de la Constitución garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial. La actual Ley de Asilo (Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria) en su artículo 17 establece que la comparecencia física de la persona que solicita el asilo ante las autoridades españolas no es imprescindible "en caso de imposibilidad física o legal" y que debe realizarse "sin demora y en todo caso en el plazo máximo de un mes desde la entrada en el territorio español o, en todo caso, desde que se produzcan los acontecimientos que justifiquen el temor fundado de persecución o daños graves". Es decir, se trata de una condición o la otra y en este caso, ya que Snowden no ha entrado en territorio español, debe atenderse la admisión a trámite de la petición de asilo.

 

EQUO ha afirmado que la intención de Snowden al revelar la información sobre el espionaje masivo de CIA, FBI y NSA de las comunicaciones privadas de millones de personas en todo el mundo sin amparo judicial es claramente política y de defensa de la libertad y la democracia, por lo que la respuesta del Estado español no debería ser otra que la de proteger a todos los denunciantes cualquiera que sea su nacionalidad como garantía esencial de la democracia.

Por ello, para EQUO es inaceptable que el Ministerio de Exteriores se niegue, con una excusa meramente formal, a dar trámite a esta petición, y ha reclamado que aclare, si desde un punto de vista del derecho internacional se puede permitir que empresas privadas, al servicio de un gobierno extranjero intervengan las comunicaciones de los ciudadanos españoles en territorio español.

Además, EQUO ha pedido al gobierno español que explique qué medidas va a emprender para proteger la intimidad de los ciudadanos españoles, tal y como exige la Constitución española.

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