ADICAE lleva exigiendo desde hace tiempo la nulidad de esta cláusula de gastos y el resarcimiento a los consumidores afectados de las cantidades indebidamente pagadas.
A falta de un mayor análisis de la sentencia del Supremo, ADICAE recibe con satisfacción que el Alto Tribunal ratifique el reintegro de los gastos hipotecarios a todos los consumidores con hipoteca anterior a la ley de Crédito Inmobiliario de 2019.
Esta sentencia del Tribunal Supremo confirma la doctrina que defiende ADICAE, pronunciándose por fin sobre los gastos de tasación y asumiendo la nulidad de la cláusula y el reintegro de las cantidades indebidamente pagadas.
En esta ocasión, el Tribunal Supremo atribuye la restitución del 100% de la tasación a los consumidores, cantidad que se suma a la del registro y gestoría en su totalidad, además del 50% de la notaría. Al igual, ADICAE sigue reclamando la devolución de todos los gastos hipotecarios, incluido el IAJD, que el Supremo se resiste a reconocer su restitución a partir de la nulidad de la cláusula y que supone casi dos tercios del total de costes indebidamente cargados a millones de consumidores.
La Asociación viene insistiendo en que el pago del IAJD viene impuesto por una cláusula predispuesta y no negociada, que es declarada nula por abusiva. Por lo tanto, solicita su expulsión y la restitución íntegra al prestatario de los gastos indebidamente pagados por este.
Con esta nueva sentencia, ADICAE, asociación pionera en la acción colectiva, anima a todos los hipotecados a defender sus derechos y a unirse a las reclamaciones. Por ello, la Asociación pone a disposición la plataforma https://colectivos.adicae.net/asambleas_p.php?id=77&nombre= para informarse y adherirse a la campaña que ADICAE está llevando a cabo para garantizar el resarcimiento de todos los afectados que asumieron el abono de estos gastos cuando firmaron en su día la hipoteca