Asturias.-En noviembre de 2002, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales adoptó la observación General número 15 sobre el derecho al agua. El artículo I.1 establece que “El derecho humano al agua es indispensable para una vida humana digna” y define al agua como “el derecho de cada uno a disponer de agua suficiente, saludable, aceptable, físicamente ...
Leer Más


