Un matrimonio asturiano acogió a un menor bajo protección pública y asumió los costes de ocho desplazamientos a Madrid para una intervención ocular y sus revisiones. Asegura que el Gobierno autonómico se comprometió a devolverle el dinero, pero continúa esperando. La Administración reconoce dificultades para tramitar el pago y no concreta una fecha. Una nueva consulta médica, prevista para el 12 de noviembre, obliga ahora a buscar una solución urgente.
Asturias, lunes 26 de octubre de 2026. Cuando una familia acepta acoger a un bebé tutelado por la Administración, asume la responsabilidad cotidiana de cuidarlo, protegerlo y proporcionarle el entorno familiar que necesita. Lo que difícilmente puede imaginar es que terminará financiando de su bolsillo ocho desplazamientos médicos a Madrid y que, ocho meses después, seguirá esperando que le devuelvan el dinero.
Es lo que denuncia una familia asturiana que acogió a principios de año a un menor que necesitaba atención oftalmológica especializada. Su historia ha puesto sobre la mesa una cuestión que va más allá de un expediente económico: ¿quién debe hacerse cargo de los gastos extraordinarios cuando un niño bajo tutela pública necesita un tratamiento fuera de Asturias?
El matrimonio asegura que comunicó la situación a los responsables autonómicos de Infancia y que recibió el compromiso de que los desplazamientos serían reembolsados.
Con esa garantía, decidió asumir inicialmente los gastos para no demorar la atención médica.
La operación se realizó en febrero. Después llegaron las revisiones, los viajes, las facturas y las reclamaciones administrativas.
Pero no llegó el dinero.
Primero la salud del bebé, después los trámites
El menor llegó al hogar de acogida en enero. Poco después, sus cuidadores detectaron señales que les hicieron sospechar que podía tener dificultades visuales.
Las consultas médicas posteriores confirmaron que necesitaba una valoración especializada.
Tras ser atendido por profesionales sanitarios en Asturias, fue derivado al Hospital Universitario La Paz, en Madrid, donde podía recibir el tratamiento que requería.
La familia afirma que informó inmediatamente a los responsables del sistema de protección y solicitó que se organizaran o financiaran los desplazamientos necesarios.
Según su relato, se le comunicó que se estaba preparando un procedimiento específico de ayuda económica y que los gastos podrían ser recuperados después de su justificación.
El matrimonio decidió entonces avanzar con la asistencia sanitaria.
Los días 25 y 26 de febrero, el bebé fue intervenido en Madrid.
Posteriormente necesitó acudir a seis revisiones médicas.
En total, los acogedores contabilizan ocho desplazamientos a la capital, con los correspondientes gastos de transporte y estancia.
Según su testimonio, el tratamiento ha permitido una evolución favorable del menor.
Ocho meses de reclamaciones y ninguna fecha de pago
La intervención médica forma ya parte del pasado, pero el problema económico continúa abierto.
El matrimonio asegura que conserva las facturas de los desplazamientos y que durante los últimos ocho meses ha solicitado reiteradamente el reembolso prometido.
Según explica, ha recibido distintas respuestas administrativas, sin que ninguna haya terminado con el abono del dinero.
Los acogedores relacionan parte de la demora con los cambios producidos durante este año en los puestos de responsabilidad de la Consejería de Derechos Sociales.
También afirman que se les ha indicado que deben acudir al Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA) para tramitar los gastos sanitarios.
La familia cuestiona esta derivación porque sostiene que fue la propia Administración responsable de la tutela del menor la que asumió inicialmente el compromiso de buscar una fórmula de compensación.
Y plantea una pregunta difícil de esquivar: si hubieran esperado a que se resolviera toda la tramitación, ¿qué habría sucedido con la atención médica del bebé?
El Principado admite las dificultades, pero no da una solución definitiva
La directora general de Infancia y Familias, Vanesa González, ha reconocido públicamente que el matrimonio asumió gastos extraordinarios para garantizar la atención sanitaria del menor.
También ha agradecido su actuación y ha confirmado que el expediente continúa abierto.
La explicación oficial es que existe una dificultad administrativa para pagar determinados gastos que no encajan fácilmente en las prestaciones habituales.
La responsable autonómica sostiene que sus servicios están buscando una fórmula compatible con la legislación y que sería prematuro anunciar una resolución antes de concluir el procedimiento.
No existe, por tanto, una fecha confirmada para devolver el dinero.
La Consejería también plantea estudiar mecanismos que permitan responder mejor a circunstancias extraordinarias similares en el futuro.
Por ahora, sin embargo, la familia continúa pendiente de una decisión concreta.
La normativa sanitaria sí contempla pagar viajes y estancias
La consulta de la normativa asturiana permite añadir una cuestión importante al caso.
El Decreto 24/2019, publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, regula las prestaciones por desplazamiento y manutención cuando un paciente del sistema sanitario público debe recibir atención especializada en otra comunidad autónoma.
La norma contempla la financiación de determinados gastos de transporte, alojamiento y manutención, siempre que se cumplan los requisitos de indicación médica y autorización administrativa.
Además, su artículo 8 establece que estas ayudas pueden extenderse a un acompañante cuando el paciente sea menor de 18 años.
La regulación incluye el transporte público ordinario, contempla determinados supuestos de desplazamiento en taxi y fija límites económicos para las dietas de estancia.
También prevé mecanismos de abono directo y de reintegro posterior.
La existencia de esta regulación no significa que todos los gastos reclamados por la familia tengan automáticamente derecho a reembolso.
Sí demuestra, en cambio, que hay procedimientos establecidos para financiar determinados desplazamientos sanitarios.
La cuestión que falta por aclarar es qué conceptos fueron autorizados, cuáles pueden abonarse mediante el SESPA y cuáles requieren una solución específica desde la Consejería de Derechos Sociales.
Una ayuda de 785 euros mensuales que no resuelve necesariamente los gastos extraordinarios
El Principado dispone también de una prestación económica destinada a apoyar a las familias acogedoras.
Los Presupuestos Generales de Asturias para 2026 establecen una cuantía de referencia de 785,81 euros mensuales para menores de seis años dentro del sistema de garantía para menores acogidos.
Esta prestación está concebida para contribuir a cubrir necesidades ordinarias de alimentación, educación, salud y cuidados.
Sin embargo, no debe confundirse con el reembolso de gastos extraordinarios derivados de tratamientos especializados fuera de la comunidad autónoma.
Tampoco se ha confirmado qué cantidad concreta percibe la familia protagonista de este caso.
Precisamente ahí aparece uno de los principales interrogantes: cómo debe responder el sistema cuando un menor necesita una atención médica que genera gastos superiores a los habituales.
Asturias necesita familias que quieran acoger
El conflicto llega en un momento en que las administraciones intentan potenciar el acogimiento familiar como alternativa a los centros residenciales.
Según datos de la Consejería de Derechos Sociales publicados por RTVE en mayo de 2026, Asturias contabilizaba entonces 407 acogimientos familiares.
De ellos, solo 31 correspondían a personas sin vínculo biológico con el menor.
La diferencia es considerable y muestra el reducido peso que tenían los acogimientos en familias ajenas frente a los realizados por familiares.
La situación resulta especialmente relevante porque el objetivo de las políticas públicas es que los niños que no puedan vivir con sus progenitores encuentren, siempre que sea posible, un entorno familiar estable.
Los apoyos económicos, la asistencia profesional y la confianza entre las familias y la Administración forman parte esencial de ese sistema.
Una familia que se ofrece para acoger a un menor acepta responsabilidades importantes, pero también necesita conocer con claridad qué gastos debe afrontar y qué respaldo recibirá cuando surjan circunstancias excepcionales.
La nueva Ley de Infancia llega en plena controversia
El caso coincide con un importante cambio legislativo.
El pasado 23 de octubre se publicó en el BOPA la Ley del Principado de Asturias 8/2026, de Infancia y Adolescencia, aprobada por la Junta General el día 14.
La norma sustituirá el anterior marco de protección, vigente desde 1995, y reforzará la prioridad del acogimiento familiar frente al residencial.
Su artículo 96 reconoce prestaciones económicas para atender las necesidades de los menores acogidos y prevé que la cuantía tenga en cuenta la disponibilidad de las familias y las dificultades que presente cada acogimiento.
Sin embargo, la nueva ley no entrará en vigor hasta el 23 de noviembre de 2026, y el desarrollo concreto de determinadas prestaciones quedará pendiente de regulación posterior.
Por ello, su publicación no resuelve automáticamente el expediente de esta familia ni permite asegurar que los gastos pendientes vayan a ser abonados mediante la nueva normativa.
Lo ocurrido evidencia, no obstante, la importancia de que los procedimientos de financiación estén claramente definidos.
El 12 de noviembre, una nueva prueba para la Administración
El calendario médico del bebé introduce ahora un elemento de urgencia.
El próximo 12 de noviembre tiene prevista una nueva revisión en el hospital La Paz.
La familia ya ha comunicado esta circunstancia a los responsables de Infancia y les ha solicitado que organicen y sufraguen el desplazamiento.
Los acogedores están dispuestos a acompañar al pequeño, pero han anunciado que no continuarán adelantando nuevos gastos mientras permanezca sin resolver la devolución de los anteriores.
Esta decisión no implica que hayan rechazado la atención médica del menor. Lo que reclaman es que sea la Administración la que encuentre una solución económica antes de la próxima cita.
El margen de tiempo se reduce.
Cinco preguntas que el Principado debe aclarar
Más allá de la situación concreta de esta familia, el episodio deja cuestiones relevantes sobre el funcionamiento del sistema de protección.
La primera es qué órgano administrativo autorizó los desplazamientos y qué compromisos económicos quedaron documentados.
La segunda, qué conceptos de las facturas pueden tramitarse mediante las prestaciones del SESPA.
La tercera, qué mecanismo permitiría financiar los gastos extraordinarios que no estén cubiertos por esa vía.
La cuarta, cuántas familias acogedoras han tenido que asumir situaciones similares durante los últimos años.
Y la quinta, qué procedimiento se establecerá para evitar que otros menores tutelados vuelvan a encontrarse con retrasos administrativos ante necesidades sanitarias especiales.
La familia protagonista de esta historia cuenta con una larga trayectoria de acogimiento y asegura haber cuidado de doce menores desde 2014.
Su reclamación no cuestiona la necesidad del acogimiento familiar. Al contrario, plantea cómo garantizar que quienes colaboran con el sistema público de protección reciban el apoyo prometido cuando lo necesitan.
El bebé recibió la asistencia médica que necesitaba. Ocho viajes después, lo que sigue pendiente es una respuesta económica y administrativa.
Y esa es la paradoja que deja este caso: una familia se hizo cargo de un menor protegido por el Principado y, para atender su salud, tuvo que adelantar unos gastos cuyo reembolso todavía no se ha resuelto.

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