La antoxana

La antoxana

Por Ignacio Arias Díaz.-La antoxana, término que deriva de la unión de los vocablos latinos ante (delante) y ostium (puerta), es una figura tradicional de gran raigambre en Asturias cuya existencia ya se documenta desde la Alta Edad Media. Siempre ha cumplido una función de gran relieve en el mundo rural, ligada inseparablemente a las construcciones de esta naturaleza, que no sólo se ha venido utilizando como espacio de trabajo, depósito de herramientas, carga y descarga, sino también como lugar de esparcimiento, descanso, tertulia y solaz.

          La antoxana ha tenido a lo largo de la historia un significado distinto según nos movamos en el ámbito urbano o en el ámbito campesino.

          En el ámbito urbano encontramos referencias a la antoxana en los libros de acuerdos existentes en el Archivo del Ayuntamiento de Oviedo correspondientes al año 1775.       

          En ellos podemos constatar con ocasión del debate habido entre los concejales relativo a la limpieza de la ciudad diversas intervenciones en las que se habla de la antoxana.

          Reproducimos alguno de los pasajes de dichos debates por su expresividad:

 

“también es de sentir e providencia que ningún vecino tenga las calles públicas el desguazo de sus albanales ni que arrojen inmundicias, porque con este motivo los animales de cerda desencajan las piedras, que es el principio de perderse la calle y de no lograrse la limpieza ni providencias de policía, siendo una yncomodidad notoria para el tránsito de procesiones y de las demás gentes como se be en la calle de Jesús y en otras muchas; que también combiene que se prohiva a los aldeanos el limpiar las calles con instrumentos de yerro; y concibe útil el que a cada vecero se le precisse que dos días en la semana haga limpien el frontis o antojana de su casa y quitar las piedras sueltas y dispersas.”

 

          Más adelante:

 

“El señor marqués de Perrera dijo se conforma con la proposición del señor Estrada en la primera parte della entendiéndose de la obligazión de cada dueño propietario de la casa solo la correspondiente a su respectiva antojana y sin responsabilidad de lo correspondiente a las losas inmediatas a las casas, y después destar reparadas las calles como se propone, y entendiéndose asimismo por antojana una vara después de la losa.”

 

          En otro pasaje:

 

“El Señor Belarde, lo mismo que el señor marqués de Ferrera, entendiéndose por antojana la fachada y puerta principal de las casas.”

 

          Ya por último:

 

“El Señor Cueto, lo mismo que el señor marqués de Ferrera y el señor Estrada, entendiéndose por antojana lo correspondiente a toda la casa donde corresponda la calle.”

 

          Si del ámbito urbano nos trasladamos al ámbito rural, nos encontramos con la antoxana por naturaleza a la que se refiere específicamente la Compilación del Derecho Consuetudinario Asturiano, aprobada por la Comisión Especial del mismo nombre y rendida al Pleno de la Cámara en su sesión de 15 de marzo de 2007, si bien el contenido de ésta se puede aplicar, también, a la antoxana urbana.

          Esto así, la característica fundamental de la antoxana es la de prestar servicio, generalmente a la casa, pero también a la construcción o construcciones que se sirven de ella, tales como el hórreo, la panera, la cuadra, el cobertizo, el pajar o similares.

          A lo largo de la historia, la antoxana se ha mostrado como una de las figuras más dinámicas del derecho consuetudinario asturiano e incluso en la actualidad ha visto revitalizada esta posición por dos motivos principales: de un lado, por un renovado interés hacia la zona rural asturiana consecuencia de la tendencia a disponer de una segunda residencia; y de otro, por los cambios de hábitos vacacionales que han dado lugar a la creación del denominado turismo rural.

          Estas dos circunstancias han revitalizado el uso de la antoxana como lugar de esparcimiento, descanso, tertulia y solaz, sin olvidar, por otro lado, que también han generado un incremento de los litigios judiciales sobre esta figura debido a la irrupción de hábitos urbanos discordantes con los usos y costumbres del mundo rural.

          La mayor parte de los pleitos en los que se suscitan cuestiones de derecho consuetudinario asturiano tienen como eje central la antoxana, lo que da idea de la tradicional importancia de esta figura en Asturias.

          Desde el punto de vista jurídico, y ateniéndonos al contenido de la Compilación del Derecho Consuetudinario Asturiano, citada, es el terreno situado inmediatamente delante de la fachada principal de la casa o de la construcción o construcciones que se sirven de ella, delimitado desde el bistechu hacia fuera, es decir, a partir de la línea formada por la caída de las aguas desde el extremo del alero al suelo hacia fuera, según se muestra en el siguiente plano:

 

     

        

  La antoxana es una pertenencia de la casa o de la construcción o construcciones a las que sirve, de las que constituye anejo inseparable.

          En algunas zonas de Asturias también se denomina antojana, antojano, antoxanu, antoxenu, antoyaa, antuxana, antuxanu, arrodeo, corrada, corral, corralada, corráu, quintana, rodeo, rodiada o ronda. En otras, estos términos se utilizan para referirse al terreno que circunda la construcción.

          En otras zonas de Asturias se reserva la denominación de arrodeo, rodeo o rodiada para definir el terreno situado en los laterales y trasera de la construcción.

          Por lo que se refiere a la propiedad sobre la antoxana, ésta es siempre de naturaleza privada, hasta el punto de que si pierde tal naturaleza, el espacio al que se refiere deja de considerarse antoxana y pasa a denominarse plaza, camino, etc.

          La antoxana puede ser propiedad de un único titular o de varios.

          En el supuesto de que la propiedad recaiga sobre un solo titular, éste puede disponer libremente de ella.

          En el supuesto de que la propiedad pertenezca en proindiviso a varios titulares cada copartícipe puede servirse de la antoxana libremente, siempre que disponga de ella conforme a su destino, y de modo que no perjudique el interés de la comunidad ni impida a los demás copartícipes utilizarla según su derecho.

          La antoxana puede dividirse y cerrarse si hay acuerdo entre todos los copartícipes, siempre que no se menoscabe el derecho que todos ellos tienen a servirse de ella para acceder a sus respectivas construcciones, y sin perjuicio de las servidumbres de terceros que puedan gravarla, que en todo caso deben ser respetadas.

          Los gastos que pueda generar la conservación y mantenimiento de la antoxana recaen sobre los copartícipes proporcionalmente a sus cuotas ideales de participación en la misma.

          Dichas cuotas se calculan tomando como referencia los metros lineales de las construcciones que se abren a la antoxana y se sirven de ella, sin que en ningún caso se altere su naturaleza.

          La antoxana puede estar gravada con servidumbres.

          Los usos de la antoxana que como ya vimos, pueden ser múltiples (esparcimiento, descanso...) siempre deben ser adecuados a la costumbre del lugar.

 

 

 

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