El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Cangas del Narcea levanta el secreto de sumario y atribuye provisionalmente cinco delitos de homicidio por imprudencia a Chus Mirantes, su esposa, su hijo y al ingeniero facultativo de la mina. También se investigan cuatro delitos de lesiones y uno contra los derechos de los trabajadores. El tribunal mantiene el embargo cautelar de bienes y cuentas por 1,15 millones de euros para garantizar posibles indemnizaciones a las familias.
La explosión que sacudió la mina de Cerredo el 31 de marzo de 2025 ya tiene una traducción judicial clara. El juzgado de Cangas del Narcea ha levantado el secreto de sumario y señala como posibles responsables penales al empresario Jesús Manuel Rodríguez Morán, conocido como “Chus Mirantes”, a su esposa Ana María Rodríguez, a su hijo Adrián Rodríguez Rodríguez y al ingeniero facultativo José Antonio Fernández Casillas.
La instructora les atribuye, en esta fase provisional, cinco delitos de homicidio por imprudencia grave, en relación con la muerte de cinco trabajadores en el interior de la galería del tercer piso, conocido como “El Mangueiro”. Además, se investigan cuatro delitos de lesiones por los heridos que sobrevivieron a la explosión y un delito contra los derechos de los trabajadores, una figura penal especialmente sensible cuando se trata de condiciones laborales presuntamente irregulares o inseguras.
Qué ocurrió en el tercer piso
La mañana del 31 de marzo de 2025 una explosión en el interior de la galería del piso tercero acabó con la vida de cinco mineros y dejó a otros cuatro heridos de diversa consideración. Los fallecidos fueron:
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Amadeo Bernabé Castelao
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David Álvarez Núñez
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Rubén Souto Robla
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Jorge Carro Andre
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Iban Radio Barciela
Cuatro de ellos residían en Laciana (León) y uno en El Bierzo. La conmoción fue inmediata en las cuencas mineras asturleonesas, donde el recuerdo de antiguas tragedias nunca desaparece del todo.
Según recoge el auto judicial, los trabajadores estarían presuntamente extrayendo carbón sin autorización en ese tercer nivel, un extremo que la investigación deberá confirmar con el análisis técnico definitivo.
El foco empresarial: quién tomaba realmente las decisiones
Uno de los puntos más delicados del procedimiento es la estructura societaria. Las empresas implicadas —Combayl y Blue Solving— figuraban formalmente a nombre de la esposa y del hijo del empresario. Sin embargo, la Fiscalía ya había solicitado evaluar la responsabilidad penal de Jesús Rodríguez Morán como administrador “de hecho”, al apreciar “indicios directos” de que era él quien ejercía el control efectivo de la actividad.
Este matiz no es menor. En derecho penal económico y laboral, la figura del administrador de hecho permite depurar responsabilidades aunque la titularidad formal esté a nombre de terceros. El juzgado, al menos de forma provisional, comparte esa línea de análisis.
El embargo: 1.150.000 euros para asegurar indemnizaciones
El tribunal decretó ya el 9 de diciembre de 2025 el embargo de bienes y el bloqueo de cuentas de los cuatro investigados hasta alcanzar un valor de 1.150.000 euros, con el objetivo de garantizar el pago de posibles indemnizaciones a las familias.
Ese embargo se acordó antes incluso de que compareciesen ante la comisión parlamentaria que investiga el suceso en la Junta General del Principado. Cuando acudieron, guardaron silencio invocando sus garantías procesales.
La jueza argumenta ahora que, dado que los investigados conocían que el procedimiento se dirigía contra ellos, ya no existían razones suficientes para mantener el secreto de las actuaciones. Por eso lo levanta y concede un plazo de un mes a las partes para examinar la causa, además de abrir la vía de recurso.
El contexto político y técnico
La decisión judicial llega en un momento clave:
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La comisión parlamentaria de investigación en la Junta encara su fase final de comparecencias.
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La Dirección General de Minas está ultimando el informe técnico definitivo sobre las causas del accidente.
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La Comisión de Seguridad Minera espera recibir ese documento para completar su análisis administrativo.
El cruce entre la investigación judicial, la política y la técnica será determinante. Si el informe confirma irregularidades en la explotación del tercer piso o deficiencias en medidas de seguridad, la instrucción penal podría reforzarse. Si detecta fallos sistémicos más amplios, el debate podría extenderse hacia la supervisión administrativa.
Análisis: qué está realmente en juego
El auto no es una condena. Es una imputación provisional dentro de la fase de instrucción. Pero marca un punto de inflexión.
En este momento, la causa pivota sobre tres grandes ejes:
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La legalidad de la explotación en el tercer piso.
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Las condiciones de seguridad y prevención de riesgos laborales.
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La responsabilidad real en la toma de decisiones empresariales.
Si se acreditara que la extracción se realizaba sin permiso o al margen de los protocolos de seguridad, el tipo penal de homicidio imprudente podría consolidarse. Si además se demostrara vulneración sistemática de normas laborales, el delito contra los derechos de los trabajadores adquiriría peso propio.
Un caso que reabre heridas en las cuencas
La minería forma parte del ADN de la zona. Y cada accidente reactiva una memoria colectiva marcada por décadas de sacrificios. La tragedia de Cerredo no es solo un procedimiento judicial: es una herida social.
Las familias de los fallecidos aguardan ahora el avance de la causa con la esperanza de que se depuren responsabilidades. Los investigados, por su parte, disponen de la vía de recurso y del derecho a defenderse en todas las fases del proceso.
Lo que comenzó como una explosión en una galería profunda se ha convertido en una causa penal compleja que examinará no solo qué falló bajo tierra, sino también quién debía garantizar que nada fallara.
La instrucción continúa. Y Cerredo sigue esperando respuestas.
