Una mujer asturiana ha abierto un frente delicadísimo —médico, jurídico y social— contra el sistema sanitario público. Tras iniciar una transición de género en la juventud y revertirla años después, reclama al Servicio de Salud del Principado (Sespa) 55.268 euros por lo que considera un “diagnóstico erróneo de disforia de género” y por las secuelas físicas y psicológicas que asegura arrastrar.
El caso, que podría acabar en los tribunales si la afectada decide impugnar la respuesta administrativa, pone el foco en una pregunta que quema: ¿cuándo una decisión médica (y vital) se convierte en responsabilidad patrimonial del Estado?
Una vida marcada por la vulnerabilidad (y decisiones irreversibles)
Según la documentación del caso, la mujer nació en 1993 y tuvo una infancia compleja: divorcio parental muy temprano y un periodo bajo tutela del Principado en la niñez por situación de desamparo.
En la adolescencia, con 16 años, ingresó en la unidad de Psiquiatría Infanto-Juvenil del HUCA y recibió, al alta, un diagnóstico vinculado a identidad sexual y a factores sociales/experiencias negativas en la infancia. Poco después, ingresó de nuevo tras una ingesta de medicación con intención autolítica.
A partir de ahí, el itinerario asistencial desemboca en la derivación a la Unidad de Tratamiento de Identidad de Género del Principado (con sede en el Hospital San Agustín, en Avilés).
Transición, arrepentimiento y detransición
La reclamación sostiene que la paciente inició el cambio de sexo a los 19 años, con tratamiento hormonal, y pasó por una cirugía clave: mastectomía y masculinización de tórax. Años más tarde, ya en la treintena, asegura haberse arrepentido y se sometió a una reconstrucción mamaria.
El punto de inflexión se sitúa en octubre de 2023, cuando manifiesta su voluntad de detransicionar y de ser tratada de nuevo como mujer. Su abogado argumenta que no fue un impulso puntual, sino una decisión sostenida.
El núcleo de la denuncia: “no estaba en condiciones”
La tesis de la reclamante y su letrado es clara: con antecedentes de depresión, fragilidad social, intento de suicidio y un contexto vital adverso, la capacidad de tomar decisiones plenamente informadas estaba comprometida, y el sistema sanitario habría confundido el origen del malestar.
Además, reprochan que el acompañamiento psicológico fue insuficiente, y señalan incluso que la paciente llegó a solicitar cambio de terapeuta porque no se sentía apoyada como necesitaba.
La otra cara: informe pericial y dictamen institucional en contra
Tras la reclamación, la aseguradora del Sespa encargó un informe pericial psiquiátrico (fechado en abril de 2025). Esa pericia sostiene —según la información del expediente— que el diagnóstico estaba clínicamente acreditado, que la paciente no presentaba una limitación mental que anulase su juicio y que no hubo mala praxis ni secuelas atribuibles a la actuación sanitaria.
A mayores, el Consejo Consultivo del Principado emitió dictamen en el procedimiento de responsabilidad patrimonial y concluye —siempre según lo recogido en el expediente— que el Sespa habría actuado conforme a la buena praxis, y que no existe nexo causal entre el funcionamiento del servicio público y los daños reclamados, subrayando un elemento decisivo: la mastectomía se practicó como intervención electiva en sanidad privada, por decisión y a costa de la paciente.
Resultado: propuesta de desestimación. Y el siguiente paso, si la afectada no lo acepta, sería la vía judicial.
Por qué este caso importa (más allá del morbo fácil)
Este tipo de reclamaciones no solo discuten un diagnóstico concreto. También tensan tres ejes que hoy están en plena disputa internacional:
-
Cómo se evalúa clínicamente la disforia/incongruencia de género, especialmente en personas jóvenes y/o con comorbilidades psicológicas.
-
Qué nivel de acompañamiento y seguimiento debe exigirse antes de tratamientos con efectos potencialmente irreversibles.
-
Dónde empieza y dónde termina la responsabilidad del sistema sanitario cuando hay decisiones personales, cambios de criterio con el tiempo y cirugías fuera del circuito público.
En paralelo, los estándares clínicos internacionales insisten en la evaluación multidisciplinar y biopsicosocial, especialmente en población joven, y organismos como la OMS han movido la conceptualización diagnóstica para reducir estigma sin perder acceso a cuidados sanitarios. En el Reino Unido, además, revisiones recientes han pedido más prudencia y mejor evidencia en servicios de menores. Todo eso no “resuelve” este caso, pero explica por qué se mira con lupa.
¿Y ahora qué?
Con la reclamación desestimada en vía administrativa, queda una decisión personal y jurídica: ir a juicio o cerrar el proceso. Si llega a los tribunales, el debate se volverá todavía más quirúrgico: historia clínica, consentimientos, trazabilidad asistencial, estándares aplicables en cada fecha y —sobre todo— el nexo causal, que es el santo grial de estas reclamaciones.
Porque aquí no se discute un eslogan: se discute quién paga —y por qué— cuando una vida cambia de carril dos veces… y deja cicatrices en ambos sentidos.
