El TSJA tumba el despido del monitor de un centro de adicciones: un único intento de “captar” a un paciente no justifica la sanción máxima

El TSJA tumba el despido del monitor de un centro de adicciones: un único intento de “captar” a un paciente no justifica la sanción máxima

El tribunal obliga a la empresa a readmitir al trabajador o indemnizarlo con 8.584,70 euros.


La compañía pasó de un despido “económico” a uno disciplinario tras contratar a un detective privado.


La Sala recuerda que la proporcionalidad es clave: solo se probó un caso aislado y sin efecto real.

 

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha confirmado la improcedencia del despido de un monitor de programas terapéuticos acusado de “robar” pacientes de un centro de adicciones para desviarlos al negocio que regenta su esposa en Grado.

La sentencia ratifica lo que ya había dictado el Juzgado de lo Social de Oviedo: los hechos alegados por la empresa no alcanzan la gravedad necesaria para justificar la sanción más severa, la pérdida del empleo.

De un despido económico a un despido disciplinario

El trabajador se incorporó a la empresa en 2019. En febrero de 2023, causó baja médica por depresión. En junio, la compañía le comunicó un despido objetivo por causas económicas, pero pocos días después cambió de estrategia: le remitió una nueva carta, esta vez de carácter disciplinario, acusándole de captar pacientes para el centro de su mujer.

Para sostener la acusación, la dirección presentó un informe de detective privado en el que se recogía que el empleado había acompañado en su coche a un paciente hasta el centro de Grado. Según la empresa, aquello no solo era una deslealtad contractual, sino también un fraude a la Seguridad Social por realizarse durante una baja médica.

Lo que se probó… y lo que no

Los jueces no compraron ese relato. La investigación judicial concluyó que solo se acreditó un único caso: el trabajador informó a un paciente y a su familia de que existía el centro de su esposa, después de que la empresa anunciara el cierre de sus instalaciones en Asturias.

Ese paciente, sin embargo, nunca se trasladó a Grado. Finalmente acudió a otro centro en Gijón propuesto por la propia compañía. En palabras de la sentencia, “hecho este que por sí solo carecería de trascendencia y relevancia suficiente como para fundamentar una sanción tan grave como la de despido”.

Principio de proporcionalidad

El TSJA recuerda en su fallo que un despido disciplinario exige proporcionalidad y que solo puede imponerse cuando la falta reviste “una importancia tan acusada como para poder justificarla”. En este caso, un episodio aislado, no efectivo y sin perjuicio económico probado no alcanza ese listón.

La resolución condena a la empresa a readmitir al trabajador o indemnizarlo con 8.584,70 euros, además de pagar las costas del proceso.

Detectives, bajas médicas y despidos

  • ¿Se puede despedir estando de baja? Sí, pero solo si existen causas objetivas y ajenas a la enfermedad. La carga de prueba recae en la empresa.

  • ¿Valen los informes de detectives? Sí, pero con límites. Los tribunales han avalado su uso cuando se recogen hechos en espacios públicos y con proporcionalidad. En cambio, han anulado pruebas cuando invaden la intimidad del trabajador.

  • ¿Qué exige la proporcionalidad? Que la sanción sea adecuada a la falta. Un despido es la medida más grave y solo procede ante conductas reiteradas o de una importancia extraordinaria.

Cronología del caso

  • 2019: ingreso en la plantilla.

  • Febrero de 2023: baja por depresión.

  • 15 de junio de 2023: despido objetivo por causas económicas.

  • Finales de junio de 2023: despido disciplinario por “captación de pacientes”.

  • 2024: Juzgado de lo Social de Oviedo declara el cese improcedente.

  • Septiembre de 2025: el TSJA confirma la improcedencia y condena a la empresa.

Un caso que trasciende la anécdota

La historia revela hasta dónde pueden llegar las empresas en su intento de justificar un despido y cómo la justicia pone freno cuando no se acredita la gravedad necesaria. También abre el debate sobre los límites del uso de detectives privados en bajas médicas y la necesidad de proporcionalidad en las sanciones laborales.

Un despido disciplinario no es un arma de conveniencia: es la última bala, reservada para las faltas más graves. Aquí, según el TSJA, esa bala se disparó en falso.

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