Por Ignacio Arias Díaz.-La aparcería es un contrato a pérdidas y ganancias por el que el dueño o titular de un derecho que permita la cesión del uso cede unos bienes a otra persona, el aparcero o comuñero, para que los cuide y trabaje. En contraprestación, los frutos que se obtienen de dichos bienes son repartidos entre ambos a ...
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