El BOE publica los criterios para el tercer trimestre y fin de curso

El BOE publica los criterios para el tercer trimestre y fin de curso

El BOE publica lla Orden Ministerial que recoge medidas excepcionales y de carácter temporal ante el cierre de los centros educativos establecido en el Real Decreto del estado de alarma. Las directrices del Ministerio de Educación y Formación Profesional no modifican el ordenamiento jurídico vigente y respetan las competencias de las Comunidades Autónomas.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica la Orden Ministerial por la que se establecen "el marco y las directrices de actuación a desarrollar durante el tercer trimestre del curso 2019-2020 y el inicio del curso 2020-2021 ante la situación de crisis ocasionada por el Covid-19".

La Orden responde a la situación creada por la evolución de la pandemia ocasionada por el coronavirus y la consiguiente declaración del estado de alarma en todo el territorio nacional que, entre otras medidas de emergencia, estableció la suspensión de la actividad educativa presencial en todos los centros y etapas.

 

Esta situación imprevista ha provocado una brusca alteración del desarrollo del curso escolar que ha obligado al conjunto de la comunidad educativa a hacer un gran esfuerzo para dar continuidad a la actividad lectiva a través de otras modalidades de enseñanza y aprendizaje. A esto hay que añadir la situación específica de miles de estudiantes que no han podido conectarse con sus profesores y tienen grandes dificultades, por tanto, para continuar su formación.

El impacto directo que la emergencia sanitaria está teniendo en el desarrollo del presente curso escolar obliga al Ministerio de Educación y Formación Profesional, y al resto de autoridades competentes en materia educativa, a actuar atendiendo a las graves razones de interés público que concurren en el ámbito educativo, de forma urgente, con rigor, mesura, responsabilidad y compromiso. Por ello, el MEFP ha adoptado una serie de medidas excepcionales y de carácter temporal para el desarrollo del tercer trimestre del presente curso y el comienzo del próximo.

 

La Orden Ministerial, que no modifica el ordenamiento jurídico vigente y respeta las competencias de las Comunidades Autónomas, recoge los acuerdos adoptados en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación por la mayoría de las CCAA en el ámbito de la educación no universitaria, aunque vinculará igualmente a las Comunidades que decidan adherirse posteriormente. Asimismo, ha tenido en cuenta las propuestas efectuadas por el Consejo Escolar del Estado, máximo órgano de participación de la comunidad educativa.

 

Principales líneas de actuación

 

La Orden Ministerial establece que se mantendrá la actividad educativa durante el tercer trimestre, de momento a distancia, en función de las restricciones sanitarias, y que el curso no se prolongará más allá del mes de junio.

Para que los estudiantes no pierdan el curso y puedan continuar avanzando en su formación, teniendo en cuenta de manera especial la situación de los más vulnerables, la evaluación será continua, la promoción de curso será la norma general y la titulación debe ser la práctica habitual para aquellos alumnos que finalicen 4º de ESO o 2º de Bachillerato y FP. Una decisión que, en todo caso, siempre adoptará el conjunto de profesores de cada estudiante, que son quienes lo conocen y podrán evaluar de manera global si ha obtenido los objetivos educativos esenciales de la etapa cursada.

El tercer trimestre tendrá carácter formativo y diagnóstico, para determinar las carencias de cada alumno y aquellos aspectos en los que necesita reforzar conocimientos. La evaluación global del curso se basará en los dos primeros trimestres en los que la actividad educativa se desarrolló de manera presencial y el tercer trimestre en ningún caso podrá perjudicar al alumno pero sí reconocerá el esfuerzo que haya hecho para obtener mejores resultados.

 

El tercer trimestre se centrará en la recuperación, el repaso y el refuerzo con actividades globalizadoras e interdisciplinares y debidamente tutorizadas. La actividad se centrará en los aprendizajes y competencias imprescindibles evitando sobrecargar al alumnado, aunque esto no impide que se siga avanzando en los conocimientos si es posible.

En el caso de que se mantenga la formación a distancia, se movilizarán los recursos y medios de apoyo necesarios para que el profesorado desarrolle su labor en las mejores condiciones posibles.

Además, durante este periodo, las administraciones y centros educativos harán un especial esfuerzo por identificar al alumnado que no está conectado y prepararán planes específicos de recuperación del vínculo escolar y de refuerzo que les ayuden a reincorporarse a la actividad educativa tan pronto como sea posible.

 

Una vez finalizado el curso, durante el verano, las administraciones organizarán o apoyarán la realización de actividades de refuerzo voluntarias combinadas con actividades lúdicas, contando con el concurso del voluntariado y en contacto con los centros educativos y sus docentes.

 

De cara al próximo curso, las Administraciones educativas, los centros y el profesorado organizarán planes de recuperación y adaptación del currículo y de las actividades educativas, que permitan avanzar a todo el alumnado y especialmente de los más rezagados.

 

Formación Profesional y acceso a la Universidad

 

El BOE también recogió ayer dos órdenes ministeriales relativas a las enseñanzas de Formación Profesional y a las pruebas de acceso a la universidad. Como ya se había anunciado, las pruebas de acceso a la universidad (EBAU/EVAU), deberán celebrarse entre el 22 de junio y el 10 de julio, en convocatoria ordinaria, y hasta el 17 de septiembre (incluido), en la extraordinaria. Los resultados provisionales se publicarán antes del 17 de julio y antes 23 de septiembre, respectivamente.

En cuanto al modelo de prueba, habrá una única propuesta de examen por materia con un número determinado de preguntas que se habrá fijado de forma que permita a todos los alumnos alcanzar la máxima puntuación, con independencia de las circunstancias en las que hayan tenido acceso a la enseñanza durante la suspensión de la actividad lectiva presencial. Al menos el 70% de la calificación de cada prueba se obtendrá a partir de la evaluación de estándares de aprendizaje esenciales.

 

Entre las medidas excepcionales establecidas para la Formación Profesional, se ha autorizado la reducción de la duración de los módulos de formación en centros de trabajo (FCT) al mínimo de horas contempladas en la ley (220). En el caso de la FP de grado superior, este módulo de FCT se podrá integrar en el módulo de proyecto. Juntos, tendrán una duración de 245 horas.

En el caso de la FP básica y de grado medio, se podrá crear un módulo de proyecto -hasta ahora solo existía en la superior- para integrarlo con la formación en centros de trabajo. Además, será posible sustituir la estancia en empresas por una propuesta de actividades asociadas al entorno laboral.

 

La situación en las enseñanzas deportivas y artísticas es similar, con la integración de las prácticas en la empresa con los respectivos módulos de proyecto. Para las enseñanzas superiores de Danza, Diseño, Artes Plásticas y Conservación y Restauración de Bienes Culturales, las prácticas externas se podrán realizar de manera integrada con el trabajo fin de estudios o con alguna asignatura obligatoria de perfil práctico.

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