El Constitucional refuerza la autonomía financiera de Asturias

El Constitucional refuerza la autonomía financiera de Asturias

La defensa de la autonomía financiera de Asturias se ha visto reforzada por la admisión a trámite por el Tribunal Constitucional del recurso promovido por el Gobierno del Principado contra el artículo 19 de la Ley de los Presupuestos Generales del Estado, en el que se establece un impuesto sobre depósitos en entidades de crédito.

 

El recurso de inconstitucionalidad admitido a trámite fue interpuesto el pasado mes de marzo tras recibir el dictamen favorable del Consejo Consultivo del Principado de Asturias, que consideró el artículo 19 de la Ley de los Presupuestos Generales del Estado contrario a la Constitución y a la configuración de la autonomía financiera de las comunidades autónomas. El Gobierno sostiene que el Ejecutivo central buscó anular la potestad fiscal de Asturias y tiene como única finalidad excluir la posibilidad de impuestos autonómicos sobre los depósitos bancarios y renunciar a la finalidad recaudatoria.

 

El Gobierno de Asturias estima que el impuesto a la banca a tipo cero entraña un fraude a la Constitución y a la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA), al perseguir el vaciado del ámbito competencial autonómico con un tributo ficticio, que produce una quiebra del principio de lealtad constitucional que ha de presidir las relaciones entre las administraciones estatal y autonómicas.

 

Entre las causas de vulneración de la Constitución detectadas por el Consejo Consultivo y por los servicios jurídicos del Principado de Asturias destacan los siguientes aspectos:

 

  • El impuesto estatal a los depósitos bancarios vulnera el artículo 31 de la Constitución, que establece los principios de universalidad y generalidad, de progresividad, de capacidad económica y de igualdad del sistema tributario.

 

  • Lesiona el principio de equilibrio económico y presupuestario de Asturias, máxime cuando el impuesto estatal no prevé recaudación alguna ni ningún tipo de compensación a la comunidad autónoma.

 

  • Supone una discriminación arbitraria con otras comunidades autónomas que tienen un impuesto similar y que recibirán una compensación económica.

 

  • Afecta al principio de lealtad institucional, ya que fue introducido a última hora por el grupo del PP en el Senado, cuando se había anunciado la aprobación por parte de la Junta General del Principado de Asturias del impuesto a los depósitos bancarios.

 

El Gobierno de Asturias mantiene también la defensa jurídica ante el Tribunal Constitucional del impuesto aprobado por la Junta General del Principado a los depósitos bancarios y que fue paralizado por el recurso planteado por el Ejecutivo presidido por Mariano Rajoy. Este tributo hubiese significado la recaudación para las arcas asturianas de unos 30 millones de euros.

 

Asturias ha alegado ante el Tribunal Constitucional que no existe una doble imposición tributaria, al no crear la comunidad autónoma un tributo cuyo hecho imponible ya estuviera gravado por el Estado.

 

El Gobierno del Principado ha armonizado la lealtad institucional y el  diálogo con otras administraciones con la defensa de los intereses de los asturianos. Y proteger la capacidad tributaria de la comunidad autónoma ante el Constitucional, como ocurre en el caso del impuesto a la banca, es una defensa de los intereses y de los derechos constitucionales de los asturianos y asturianas.

 

Contar con los recursos del tributo a las entidades crediticias contribuiría a preservar la calidad de servicios públicos en Asturias como la sanidad, la educación y la asistencia social y, a la vez, facilitar el cumplimiento con los objetivos del déficit fijados por el Gobierno central. El Principado fue la segunda comunidad, pese a no tener compensaciones por el impuesto a la banca como otros territorios, en cumplir el objetivo de déficit en 2012, al quedar en el 1,04%.

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