Industria echa el freno al modelo de tarifas eléctricas de cuya inconstitucionalidad advirtió FACUA

Industria echa el freno al modelo de tarifas eléctricas de cuya inconstitucionalidad advirtió FACUA

Penalizar el precio de toda la energía consumida en función de que se superen distintos tramos vulneraría los principios de igualdad y seguridad jurídica.

 

Facua.-El Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha echado el freno al modelo de tarifas eléctricas de cuya inconstitucionalidad advirtió FACUA-Consumidores en Acción. El sistema que pretendía implantar desde el 1 de enero es ahora una "propuesta" que "seguimos ajustando y de momento no está aprobada", en palabras del ministro José Manuel Soria en una entrevista con el diario ABC.

Finalmente, la factura se ha encarecido en enero en 2,49 euros mensuales (impuestos indirectos incluidos) para el usuario medio, un 3,2% sobre lo que se pagaba desde octubre, según el análisis de FACUA.

Con el supuesto objetivo de "fomentar el ahorro y la eficiencia", según el ministro, Industria pretendía implantar un mecanismo tarifario que penalizaría el precio de toda la energía consumida en función de que se superasen distintos tramos. FACUA señaló que con él se vulnerarían los principios constitucionales de igualdad y seguridad jurídica.

 

Sentencia de 1997

 

De hecho, en 1997 FACUA logró que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) anulase un sistema tarifario similar aprobado por la Junta a la suministradora de agua sevillana Alfarafesa.

Así, la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA, fechada el 15 de septiembre de 1997, estimó un recurso de FACUA contra una orden de tarifas promulgada dos años atrás por la Consejería de Economía y Hacienda con la que había permitido a la suministradora aplicar un recargo de 19 pesetas (11,4 céntimos de euro) a todo el agua consumida si los usuarios superaban los 20 metros cúbicos mensuales.

El TSJA falló que "sólo el exceso de consumo (...) puede ser tarifado a mayor precio ya que es el exceso el único elemento diferenciador entre un usuario y otro" y al penalizar todo el consumo por sobrepasar una cantidad estaba "vulnerándose el principio de igualdad y discriminando con una tarifa superior al usuario".

La sentencia también señaló que con el citado modelo "se quiebra el principio de seguridad jurídica (artículo 9.3 de la Constitución) puesto que hasta el momento final de la cuantificación del consumo y consiguiente facturación no se sabrá por el usuario consumidor cuál será el precio a que tendrá que pagar todo lo consumido desde el principio".

 

Subida encubierta de la luz

 

FACUA advierte que el objetivo real de la propuesta de orden que quería aprobar Industria no era penalizar consumos excesivos mediante tarifas progresivas, sino que la inmensa mayoría de usuarios asumiesen encarecimientos en el precio de la energía consumida.

La asociación advirtió que el Ministerio había diseñado ochenta y cuatro modalidades tarifarias, frente a las dos que tiene la actual TUR -con y sin discriminación horaria-, que hubieran encarecido de forma encubierta el consumo de luz hasta un 7,4% con respecto a la tarifa vigente a finales de 2012.

La idea del Ministerio era que la tarifa en vigor en cada momento -ya sea la Tarifa de Último Recurso fijada por el Gobierno o las contratadas en mercado libre- sufriese distintos encarecimientos en el precio de cada kWh si los usuarios iban superando hasta cinco niveles de consumo.

Además, los tramos sólo dependerían de la potencia contratada, obviando el número de usuarios residentes en la vivienda, la época del año o la zona del país, factores fundamentales para evaluar si existe o no un consumo excesivo.

 

Penalizaría a usuarios con un consumo muy reducido

 

Más allá del disparate tarifario, la asociación denunció que Industria pretendía penalizar a usuarios con un consumo muy reducido de electricidad. Para los que tienen la potencia contratada más baja, 3,3 kW, el encarecimiento ya se produciría con sólo consumir 190 kWh mensuales -73 kWh si tienen la TUR con discriminación horaria-.

Ni siquiera los tramos de consumo con las penalizaciones más altas respondían necesariamente a perfiles de usuarios despilfarradores, al no tener en cuenta el número de personas que residen en la vivienda, la zona del país o la época del año.

Según un análisis realizado por FACUA sobre más de 50.000 facturas de viviendas ocupadas, el consumo medio en España es de 366 kWh mensuales.


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