La Fiscalía formula denuncia contra el Ayuntamiento de Aller por los vertidos de la Residencia del Montepio

La Fiscalía formula denuncia contra el Ayuntamiento de Aller por los vertidos de la Residencia del Montepio

La Fiscalía Superior del Principado de Asturias ha trasladado a la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies que han formulado denuncia al Alcalde de Aller por la presunta comisión de un delito.

 

Este delito está previsto y penado en el artículo 337 del Código Penal por el vertido sin ningún tratamiento de las aguas residuales de la Residencia del Montepío de Felechosa.

 

Comunicado de la Coordinadora Ecoloxista d’Asturies

 

"Hay que recordar que el río San Isidro tiene la máxima protección legal, como “ Lugar de Interés Comunitario (LIC) Río Negro-Aller” y que en época estival presenta serios problemas de caudales mínimos, en parte por el aprovisionamiento o toma de aguas para el abastecimiento de Mieres y Moreda, que se realiza en la localidad de Entrepeñes, y que este voluminoso vertido de la Residencia podría generar un grave problema de salud pública y un derroche de dinero público al cargar sobre todos los vecinos los costes de la depuración de unas aguas que provienen de un establecimiento privado.

 

 Estos hechos ya los venimos denunciado desde la Coordinadora Ecoloxista ante el Principado de Asturias y ante la Confederación Hidrográfica antes de la apertura de la Residencia en el año 2012, por no disponer de una instalación de depuración y saneamiento por lo que contraviene el deber de depurar que tienen todas los establecimientos industriales y las actividades hosteleras como esta.

 

 El proyecto original de la Residencia contemplaba una depuradora por lo que presuntamente si recibió el dinero de Fondos Mineros para la depuradora que luego no se hizo. La obligación de la depuradora se quitó en un sorprendente acuerdo con el Ayuntamiento de Aller, para acceder a la opción más barata de conectarse al colector de Felechosa.

 

 Las normas vigentes desde el año 1996, aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas incorpora, como uno de sus objetivos principales, la lucha contra la contaminación y el mantenimiento de unos niveles de calidad ambiental de la mismas que permitan satisfacer los distintos usos a que está destinada y, más allá, las propiedades naturales aptas para la vida de los ecosistemas que de ella dependen

 

Según resulta de los hechos probados y considerados por las citadas resoluciones de la Confederación, las aguas residuales generadas en la residencia son incorporadas a la red de alcantarillado municipal, y por tanto, la residencia no dispone de autorización de vertido a dominio público hidráulico. A consecuencia de estos se sanciono Al Ayuntamiento de Aller por parte de la Confederación, pero no por parte del Principado a pesar de las numerosas irregularidades.

 

A la vista de todo lo cual, existentes indicios suficientes para presumir que se concedió en su día por el ayuntamiento de Aller la correspondiente licencia de apertura y funcionamiento a la residencia del Montepío de La Minería, sin que se respetase la exigencia legal de disponer de saneamiento y depuración, a sabiendas de que con ello se iba a permitir el vertido directo a una red municipal  y, al mismo tiempo, que se dejaba sin  ejecutar la depuradora que estaba prevista en el proyecto de obras de la residencia."

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