Corrupción y corruptelas

Ana Rosa acabó con el «procés». Le ha quitado la careta al farsante.El circo catalán cuelga el cartel de «cerrado». Dura lex sed lex (la ley es dura, pero es la ley). Fin de la historia. Podemos centrar nuestra atención enotros asuntos. No es la primera vez que nos ocupamos de la corrupción; acompaña al hombre como la sombra al cuerpo. Somos una sociedad mayoritariamente corrupta, y para el que no lo vea así invoco la cita evangélica: «el que esté libre de pecado que tire la primera piedra».

Todos sabemos lo que es legal e ilegal, lícito o ilícito, ético y amoral, y, sin embargo, pocos pasaríamos la prueba del algodón. Cierto que los ejemplos que vemos en nuestro entorno no coadyuvan a mejorar la situación. Existen distintas clases de corrupción en razón de los sujetos infractores. La más preocupante es la política a título individual, que pretende el enriquecimiento personal de quien la comete a costa del dinero público. La sigue la de los partidos políticos, que, por alcance, también propicia enriquecimientos particulares.

Sin embargo, la más destructiva moralmente es la corruptela institucional, que, sin alcanzar el grado de la corrupción, constituye el peor prototipo para la ciudadanía. Nuestra historia democrática está plagada de supuestos, admitidos con resignación antes de estallar la crisis, pero impensables al día de hoy. Son multitud, pero me referiré solo a dos.

En el año 2006, la Mesa del Congreso de los Diputados aprobó el denominado Reglamento de pensiones parlamentarias, vulgarmente llamado de «Pensiones de oro». Más que pensiones, lo que el reglamento garantiza son complementos de jubilación que suplen la diferencia entre la prestación a que tienen derecho por su cotización los diputados y senadores con siete años de mandato y la pensión máxima. Dicho con otras palabras, diputados y senadores con siete años de ejercicio en el cargo tenían derecho a la pensión máxima de jubilación. El resto de los españoles necesitan treinta y cinco años de cotización.

Este atropello a la razón, a la ética, a la igualdad cometido por el poder legislativo se suprimió en el año 2012, aunque se mantiene para quienes ya habían devengado el derecho. Además, y para suplir la ausencia de paro, se reconocía una indemnización por cese de actividad de una mensualidad por cada mes de permanencia en la Cámara a razón de 3.216 euros mensualesy con un máximo de 24 mensualidades. ¿Qué calificación jurídico-penal merecería este acuerdo hoy?

La segunda corruptela sigue vigente en su integridad y evidencia bien a las claras que «hacienda no somos todos». Me refiero a la posibilidad que tienen los eurodiputados, diputados y senadores de las Cortes Generales, diputados autonómicos, concejales y miembros de las diputaciones, cabildos insulares y otras entidades locales, de acuerdo con el artículo 17.2.b) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de tributar a la carta con la sola operación de denominar las asignaciones que reciben, sea cual fuere su naturaleza, gastos de viaje y desplazamiento. Irritante.  

Con estos ejemplos que nos ofrece el legislador no puede extrañarnos que el ciudadano medio, ya sea por emulación, ya sea para evitar que su dinero alimente los malos hábitos de esta tropa, se resista a responder a los cánones éticos deseables y se olvide de que la fama de integridad constituye un segundo patrimonio. A los políticos los separan las ideologías, pero les unen el dinero y los privilegios; de ahí que cuando los que mandan pierden la vergüenza los que obedecen pierden el respeto.  



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